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El Constitucional mantiene por unanimidad a Laura Díez en los debates sobre la amnistía

El tribunal rechaza la recusación que presentó el PP contra la ex alto cargo del Gobierno, de modo que el sector progresista conserva la mayoría

Laura Díez toma posesión como magistrada del Constitucional en enero de 2023. A su lado, el entonces presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano.
Laura Díez toma posesión como magistrada del Constitucional en enero de 2023. A su lado, el entonces presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano.Chema Moya (EFE)
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha rechazado este martes la recusación presentada por el PP contra la magistrada Laura Díez, por lo que esta seguirá formando parte de las deliberaciones sobre la ley de amnistía, según han confirmado fuentes del tribunal. La imparcialidad de Díez había sido cuestionada por los populares debido a su condición de ex alto cargo del Gobierno de Pedro Sánchez, donde fue directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica en el Ministerio de la Presidencia hasta mayo de 2022. Pero el Constitucional ha considerado, por unanimidad, que no había motivos para aceptar la recusación.

Dos de los magistrados —Enrique Arnaldo y Concepción Espejel— han expresado su disconformidad por la forma en la que se ha organizado la deliberación sobre esta recusación, aunque comparten con la mayoría el fondo de la cuestión: que no había motivos para apartar a Laura Díez. Arnaldo dará a conocer por escrito las causas de su discrepancia mediante un voto concurrente.

Esta es la segunda solicitud de recusación relacionada con los debates de la amnistía que el Constitucional rechaza. La primera fue la presentada, también por el PP, contra el propio presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y el pleno la tumbó el 8 de octubre. Lo hizo, como ha sucedido hoy, por unanimidad, aunque en aquella ocasión también la magistrada Concepción Espejel, a pesar de estar de acuerdo con la decisión, mostró expresamente su disconformidad con la composición del pleno. En el pleno de este martes, además, han sido rechazadas las ocho recusaciones de comunidades autónomas gobernadas por el PP contra Conde-Pumpido, con los mismos argumentos con los que se rechazó la recusación inicial presentada por el partido.

Queda pendiente para el próximo pleno, a principios de noviembre, la tercera recusación, correspondiente al magistrado José María Macías e interpuesta en este caso por la Abogacía del Estado. Lo previsible es que también esa recusación sea rechazada, por haberse presentado antes de que fuera admitido a trámite el recurso del PP contra la ley de amnistía. Pero la Abogacía del Estado la replanteará cuando se haya cumplimentado correctamente ese trámite.

En todo caso, y una vez desestimadas las recusaciones de Conde-Pumpido y Díez, el pleno que analizará la ley de amnistía mantendrá una mayoría de 6 magistrados del sector progresista frente a 5 del bloque conservador (cuatro, si finalmente es recusado Macías). Estará ausente únicamente el magistrado progresista Juan Carlos Campo, que se apartó voluntariamente de este asunto porque, siendo ministro de Justicia en 2021, se manifestó abiertamente en contra de una hipotética amnistía a los encausados del procés independentista catalán.

Para rechazar la recusación contra Laura Díez, el Constitucional ha aplicado su doctrina, vigente desde 2021, de que la trayectoria de un magistrado y los cargos que haya ocupado antes de su mandato no tienen por qué cuestionar su imparcialidad, y que, de hecho, esa trayectoria es uno de los factores que explican su elección para formar parte del tribunal. Por otra parte, el órgano de garantías ha tomado en consideración que dicha magistrada no participó específicamente en la elaboración del proyecto de ley de amnistía ni se conocen manifestaciones suyas relativas a la constitucionalidad o no de la mencionada norma.

El tribunal considera así que “ninguno de los argumentos examinados alcanza a constituir siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad que se alega, sin que sea admisible esgrimir diversas causas de recusación sin argumentar mínimamente las razones por las que se estiman concurrentes”.

La ley de amnistía, que implica el perdón de los delitos vinculados al procés independentista catalán, está recurrida por el PP y por 16 parlamentos o gobiernos autonómicos; también la han impugnado el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que la consideran un paradigma de ley “arbitraria”. El primer recurso que estudiará el Constitucional, cuando termine la fase de análisis de las recusaciones de magistrados, será el del Supremo. Además, es de prever que más adelante recurra también en amparo el expresident Carles Puigdemont, a quien el alto tribunal ha denegado la aplicación de la amnistía por estimar que esta no cubre el delito de malversación agravada que presuntamente cometió.

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