La Abogacía del Estado pide al Supremo el “inmediato alzamiento” de la orden de detención contra Puigdemont
Exige al alto tribunal que aplique la ley de amnistía a los delitos de malversación y de desobediencia que se atribuye a los líderes del ‘procés’
La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que aplique la ley de amnistía a los delitos de malversación y de desobediencia que se atribuye a los líderes del procés. Entre los dirigentes del proceso independentista catalán a los que solicita incluir en la medida de gracia se encuentra el expresidente catalán y líder de Junts, Cales Puigdemont, huido en Bélgica desde 2017. La Abogacía del Estado exige que se acuerde “el inmediato alzamiento” de las medidas cautelares y las órdenes nacionales de busca y captura que pesan sobre todos los líderes independentistas. Así lo indica en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que presenta sus alegaciones en el marco de la causa abierta por el procés y tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la ley de amnistía.
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont pidió el martes al juez del Tribunal Supremo que instruye la causa por el proceso independentista de Cataluña, Pablo Llarena, que levantase cualquiera de las restricciones personales que pesan sobre él, como la orden nacional de detención e ingreso en prisión, en aplicación de la ley de amnistía. El dirigente catalán también señaló que la medida de gracia es aplicable a los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos por los que está procesado.
El juez Llarena había preguntado, el pasado 11 de junio, a las partes si cabe aplicar la ley que entró en vigor ese mismo día. El instructor planteó dos cuestiones a resolver: el posible perjuicio financiero para la Unión y los límites que la propia norma fija para beneficiar a los encausados por malversación. Asimismo, interpeló sobre si debe mantener las órdenes de detención nacional dictadas los procesados y le recuerda a la policía que, de momento, estas órdenes siguen vigentes, por lo que si los encausados entran en España deberán ser detenidos.
La conducta que más dudas ha generado es el desvío de fondos públicos para financiar el procés, que incluso ha llevado a la cúpula fiscal a debatir esta cuestión. Finalmente, la Junta de Fiscales respaldó aplicar la amnistía también para la malversación. La ley establece que se amnistiará este delito si el desvío de fondos estuvo destinado a financiar actos vinculados al procés y “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “beneficio personal de carácter patrimonial”.
En un escrito presentado este martes, el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, afirma que los hechos presentados como malversación tuvieron la intención única de “promover o procurar” la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017, tal y como se prevé en la norma. Por tanto, asegura que “no se da la excepción relativa al propósito de enriquecimiento”. Y añade que tampoco existe afectación a los intereses financieros de la Unión Europea.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.