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Tribuna
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Ya no hay razones para confiar

El presidente por sustitución del Consejo General del Poder Judicial expone su propuesta de renovar por sorteo el órgano de gobierno de los jueces, con el mandato prorrogado desde diciembre de 2018 y con las competencias recortadas

Poder Judicial
Fachada de la Sede del CGPJ.Carlos Luján (Europa Press)
Vicente Guilarte Gutiérrez

Resignadamente hemos padecido los tiempos geológicos de “la Política” a la espera de que confluyeran sus intereses partidistas, que probablemente no son los del Poder Judicial.

Suspendida una vez más la negociación —ahora lo impiden los comicios europeos—, seguimos inmersos en el desasosiego institucional derivado de la falta de renovación del CGPJ con las demoledoras consecuencias colaterales de todos conocidas. Se intuye que los negociadores políticos persisten aferrados a las tesis enfrentadas de donde hacen derivar la legitimidad de sus propuestas: elección parlamentaria o corporativa de los vocales judiciales. Las terminales de unos y otros reproducen cansinamente el argumentario en orden a la bondad de su idea, más atentos a culpar al contrario del fracaso que a ofrecer una solución que refuerce la ajeneidad del Poder Judicial respecto de “la Política”.

Vaya de antemano mi absoluto respeto a los negociadores, sin duda fatalmente condicionados por las aspiraciones que tutelan, cuya naturaleza, a mi juicio, resulta incompatible con la obligada consecución de nuestra independencia.

No pretendo arbitrar el debate sobre el modelo que se discute. Por el contrario, trato de evitar que sea “la Política” la que en el momento actual, conforme a sus designios, recomponga la situación crítica que nos acecha y vicariamente nos degrada: ya no hay razones para seguir depositando en ellos nuestra confianza. No es ya momento para “la Política”, sino que ha llegado el de la Justicia.

Para abordar soluciones hay que ser consciente de la realidad. Y creo no errar si apunto que en el trasfondo negociador subyace la natural aspiración de obtener, unos y otros, una cuota mayoritaria de influencia en la designación de Vocales. Realidad que alimenta el conflicto, pues las matemáticas obstaculizan la coexistencia de dos cuotas, ambas mayoritarias, en el conjunto.

Junto con la esbozada certeza hay una segunda variable a mi juicio enormemente nociva para el futuro del Poder Judicial. Pretendería “la Política”, como segundo hito de su hoja de ruta, el que los nombrados con tal asignación ideológica ejercieran discrecionalmente su principal competencia, hoy cercenada: los nombramientos de la cúpula judicial. En definitiva, designación de vocales próximos y discrecionalidad en el ejercicio de su competencia orgánica troncal son las naturales aspiraciones de “la Política”, que sin duda chocan frontalmente con el legítimo deseo de independencia del Poder Judicial, que en ningún caso se trata de una aspiración corporativa sino de garantía de la democracia.

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He destinado mis anhelos a combatir ambas realidades. Seguramente he podido hacerlo por mi natural ajeneidad a “la Política”, aunque quizás nublado el juicio por la vinculación afectiva con el Poder Judicial que gratificantemente presido. Creo que debo persistir, aunque no quiero importunar. Si me equivoco pido disculpas. Las ofreceré si se estima que han de respetarse aún los tiempos de “la Política” o que resulta constitucionalmente obligado seguir legitimando una negociación tendente a la confluencia de sus intereses. Quien piense así que no continúe leyendo este sincero relato.

Abordando el segundo problema de los anteriormente expresados, entiendo que la discrecionalidad se combatiría fácilmente objetivando la valoración del mérito y capacidad para las designaciones. Como consecuencia colateral relevante ello diluiría la apetencia política por seducir Vocales. He ofrecido soluciones para reconducir los nombramientos de unos y otros que por evitar ser tedioso omito reproducir: las fórmulas pueden ser variadas, pero es evidente que la finalidad buscada, atajar la discrecionalidad, es inobjetable.

Más compleja es la solución del dilema inicialmente esbozado al estar tan cerrilmente enquistado el enfrentamiento entre los dos modelos en liza. Hasta ahora no me había detenido en su precisión, pues al margen de reflexiones generales sobre la ajeneidad política de los designables, entendía que con la objetivación de la selección para los altos cargos se diluiría la voracidad por controlar la leva de los Vocales. No obstante, es evidente que, mediáticamente al menos, el problema básico es, al día de hoy, la renovación del CGPJ pues se aborrece nuestra continuidad, quizás con razón.

Para solventar el problema y finalmente desalojarnos hemos conocido una solución apuntada desde Podemos que he calificado de aterradora y que, respetuosamente para con sus mentores, me sigue mereciendo tal juicio, pues la identidad entre la mayoría parlamentaria que sustenta al Gobierno y la mayoría decisoria en el CGPJ recuerda al art. 2 de la Ley 1/1967, ya que el sistema institucional del Estado respondería, como entonces, “a los principios de unidad de poder y coordinación de funciones”. El CGPJ se convertiría en una dependencia jerarquizada del Gobierno, una especie de jefatura de servicio administrativo-judicial. Ajenos como somos a la degradación institucional, no nos merecemos esto.

Y aunque dos no riñen si uno no quiere, resulta al día de hoy inimaginable, como alternativa a la falta de renovación, un gesto de generosidad del poder político para con la oposición, o viceversa, en el tan cuestionable reparto de cuotas: no están los tiempos para concesiones. El remedio, además, perpetuaría el problema de la injerencia política en lo nuestro, fatalmente cuestionable.

La solución al actual desencuentro no puede ser ni una ni otra.

Agotada la imaginación no nos queda entonces sino el voluble “aleas” —fortuna velut luna statu variabilis— potencialmente traicionero para las aspiraciones políticas, pero objetivamente neutral. Apunto que, de forma totalmente coyuntural, para salir hoy del paso, cabe recurrir al sorteo entre los actuales candidatos judiciales vigentes —restan aún 39 de los 50 inicialmente propuestos— respetando la proporcionalidad entre los grupos de componentes de la “bolsa” de aspirantes. A la vez, nunca después, debe convenirse el proceso para la objetivación de los nombramientos, al menos para el Tribunal Supremo, si bien ya con un acuerdo estable, con miras al futuro, que evite la discrecionalidad bajo cualquier fórmula que permita la valoración real del mérito y capacidad de los aspirantes. Los cargos gubernativos pueden esperar.

Superado el gran obstáculo ya tendríamos un nuevo CGPJ con persistencia, en su caso, de los actuales Vocales “no judiciales”, salvo que sobre ellos pudiera existir ese acuerdo novatorio, también ocasional. Serían los nuevos Vocales quienes designaran un Presidente, igualmente con el apuntado carácter transitorio y, en un plazo razonable, debiera consensuarse un modelo que fijara con carácter definitivo las pautas del futuro CGPJ procediendo a su total renovación de forma que los transitoriamente nombrados pudieran ser de nuevo designados, siempre por 3/5 de las Cámaras. Por si de algo vale, elevaré propuesta detallada al Parlamento tan pronto pase el ajetreo de la convocatoria electoral. Esta vez espero que, al menos por respeto institucional, alguien acuse recibo del mensaje como alternativa al lacerante silencio escuchado.

Nunca he sido partidario del “aleas” como sustitutivo del concurso, por contrario a la evaluación racional del mérito y capacidad, pero ante situaciones tan excepcionales creo oportuno acudir a remedios ocasionales, sin vencedores ni vencidos, propiciando además la ruptura del cordón umbilical que mediáticamente uniría a los designados con sus patrocinadores políticos.

Tras cinco años baldíos, entiendo sin acritud que “la Política” no está legitimada para rechazar la fórmula salvo que de inmediato nos ofrezcan otra solución acorde con la indeclinable necesidad de tutela de la independencia judicial consustancial con nuestra arquitectura institucional democrática.

Vicente Guilarte Gutiérrez es presidente por sustitución del Consejo General del Poder Judicial

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