Anulada la absolución de 12 neonazis que atacaron la mezquita de la M-30 de Madrid
Los ultras de Hogar Social justificaron durante el juicio el ataque, perpetrado tras el asesinato yihadista de 32 personas en Bruselas en 2016
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la absolución de 12 neonazis del colectivo ultra Hogar Social que en 2016, después del asesinato yihadista de 32 personas en Bruselas, colaron una pancarta alusiva frente a la mezquita central de Madrid, cuyo cierre reclamaban, lanzaron botes de humo y se encaminaron al centro de culto de la M-30 mientras insultaban a los musulmanes (“moros fuera” y “mezquitas abajo”). El tribunal anula la absolución dictada por la Audiencia Provincial de Madrid al entender que está mal hecha, tiene “defectos evidentes de motivación” y carece de “un relato completo y narrativo de cuanto ocurrió”, por lo que ordena hacer otra resolución.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJM ha estimado los recursos de apelación de la Fiscalía y la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, que consideraban inmotivada la absolución de los ultras de los delitos de odio y desórdenes públicos, por los que se pedían penas de entre dos y cinco años de cárcel. Los neonazis salieron libres tras la vista, pese a que defendieron el ataque alegando que desde la mezquita de la M-30 se financia el terrorismo yihadista.
Los hechos ocurrieron el 22 de marzo de 2016, después de unos atentados yihadistas en Bruselas en los que murieron 32 personas. Ese día, un grupo de personas ligadas a Hogar Social colgó una pancarta sobre la M-30, a unos cien metros de la mezquita, en la que se leía “Hoy Bruselas, ¿Mañana Madrid?” y se veía la imagen de una mezquita en un círculo rojo y tachada a modo de prohibición. La acción fue publicada en los perfiles de Twitter y Facebook de Hogar Social, donde se compartió 2.197 veces y dio lugar a 434 comentarios. La Audiencia Provincial de Madrid los absolvió a todos el pasado 12 de diciembre, porque no vio ni delito de odio ni de desórdenes públicos.
Acción realizada contra el islamismo radical en la mezquita de la M30 #TerroristasWelcome pic.twitter.com/ezuV85StNS
— Hogar Social (@HogarSocial_) March 22, 2016
La Sala anula la absolución respecto a Melisa Domínguez, líder del grupo, y otros once integrantes del colectivo y deja sin efecto la decisión de imponer el 50% de las costas procesales a Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado. Los magistrados exponen que “la causa esencial de nulidad radica, precisamente, en que desconocen qué análisis crítico lleva a cabo la Audiencia Provincial sobre los hechos, al carecer de un relato completo y narrativo de cuanto ocurrió, que (al parecer) quiso componerse valiéndose de fotografías o fotogramas de un video difundido en un canal abierto cuya autoría también se desconoce”.
Durante el juicio, que se celebró en octubre, Melisa Domínguez se reafirmó en la protesta de aquella noche frente a la mezquita por “financiar el yihadismo terrorista”, manifestando que no se arrepentía de nada y que no cambiaría “ni una coma” del comunicado que entonces difundió por las redes sociales. Manifestó que se optó, sin que hubiera una planificación previa, por la Mezquita de la M-30 por la investigación que había en curso en la Audiencia Nacional publicada por varios medios y ante “los indicios de financiación del terrorismo a través de una especie de impuesto revolucionario al rezo”.
El fiscal pidió tres años de cárcel, multa de 3.000 euros y cuatro años de inhabilitación especial para cargos en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre para la líder del grupo, Domínguez, la única acusada de un delito de odio.
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