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Bárcenas trabaja como contable de su hijo para disfrutar de 15 horas libre al día

El extesorero del PP, que también colaborará en un comedor social, sale del centro penitenciario de régimen abierto entre las 7.30 y las 23.00 horas

Óscar López-Fonseca
Luis Barcenas
Luis Barcenas, a su llegada el 27 de diciembre al Centro de Inserción Social (CIS) Victoria Kent, en Madrid, para cumplir el resto de su pena en semilibertad.Álvaro García

La situación penitenciaria del exsenador y extesorero del PP Luis Bárcenas ha dado un giro radical en los últimos días. De permanecer en régimen cerrado en la cárcel de Soto del Real (Madrid), sin poder salir más que cuando se le concedía un permiso, ha pasado a poder abandonar durante más de 15 horas al día el centro de inserción social del centro de la capital en las que desde la semana pasada cumple su condena en semilibertad, según detallan a EL PAÍS fuentes penitenciarias y confirma la defensa del político.

En concreto, el extesorero está autorizado a salir desde las 7.30 de la mañana hasta las 23.00 horas, además de pasar todos los fines de semana y festivos en su domicilio, después de que haya justificado ante la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias que tiene un trabajo como contable para una empresa de su hijo Guillermo, músico y líder de la banda Taburete, y que está apuntado como voluntario en el comedor social regentado por una orden religiosa, detallan fuentes de su defensa. Esta última actividad aún no la ha iniciado. “Está a la espera de que le llamen”, añaden estas últimas fuentes.

Sobre Bárcenas pesa la condena de 29 años y un mes de prisión que, en octubre de 2020, le impuso el Tribunal Supremo por su implicación en el caso Gürtel, aunque un tribunal fijó posteriormente que el tiempo máximo que debía pasar en prisión no podía superar los 12 años, que se corresponde con el triple de la pena de su delito más grave, en este caso, los de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública, penados ambos con cuatro años de cárcel. De esos 12 años, ya ha cumplido más de la mitad: seis años y dos meses.

El cambio en la situación penitenciaria de Bárcenas es fruto de la reciente decisión del Ministerio del Interior de aplicarle el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una norma que permite flexibilizar el régimen de vida penitenciario de un recluso en segundo grado (el ordinario, en el que está más del 70% de los condenados en España) para disfrutar de parte de los beneficios de los reclusos clasificados en tercer grado o régimen abierto.

En aquella decisión pesó que el extesorero había disfrutado ya de una veintena de permisos de salida sin ningún incidente (el último, para pasar esta Nochebuena en su domicilio), había mostrado un buen comportamiento durante su encarcelamiento y estaba participando en un programa de reinserción que incluye encuentros grupales de justicia restaurativa con víctimas de diferentes delitos. El último, con una mujer que había sufrido un delito sexual, según detallan fuentes de su defensa. Estos programas, que son de participación voluntaria, no llevan aparejados ningún beneficio penitenciario, pero Prisiones sí los tiene en cuenta a la hora de concederlos.

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Tras la decisión de Interior, Bárcenas ingresó el 27 de diciembre en el Centro de Inserción Social Victoria Kent (en el centro de Madrid y donde cumplen condena los presos en semilibertad). Allí fue entrevistado ese mismo día por el educador, el jurista, el psicólogo y el trabajador social del centro, y sometido a una revisión por parte del servicio de enfermería. Dos días después, la junta de tratamiento ―un órgano formado por profesionales penitenciarios, entre ellos los que le entrevistaron― diseñó el plan de ejecución que debe seguir el extesorero para lo que le resta de la pena, incluido el horario de salidas que le va a permitir pasar gran parte del día fuera del centro al que solo acude ya a dormir entre el lunes y el jueves. No obstante, fuentes de la defensa del extesorero recalcan que la medida aún no es firme y que puede ser recurrida por la Fiscalía ante el juez de vigilancia penitenciaria en primera instancia y, posteriormente, ante el tribunal de la Audiencia Nacional que le juzgó.

En mayo, la junta de tratamiento volverá a analizar la clasificación penitenciaria de Bárcenas. El extesorero aspira a que entonces se le clasifique en tercer grado o régimen abierto, una situación que no cambiaría sustancialmente el día a día que ha empezado a disfrutar ahora, pero que resulta fundamental para que pueda pedir la libertad condicional, adelantada en septiembre de 2024. Según los cálculos realizados por este diario, en ese momento habrá cumplido dos terceras partes de la pena de 12 años.

Para aspirar a esta libertad, regulada por el artículo 90.2 del Código Penal, el preso debe haber cumplido esa parte de condena y estar clasificado en tercer grado, además de cumplir otros requisitos, como haber tenido un buen comportamiento y haber “desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales [...] del que se haya derivado una modificación relevante y favorable de aquellas de sus circunstancias personales relacionadas con su actividad delictiva previa”.

Un año más tarde, en septiembre de 2025, el extesorero habrá cumplido tres cuartas partes de la pena. En ese momento, la ley contempla una segunda posibilidad de acceder a la libertad condicional. Los requisitos son similares a la excarcelación adelantada —estar clasificado en tercer grado y buen comportamiento—, pero ya no se exige el haber participado en actividades laborales o culturales. La última fecha reflejada en su ficha penitenciaria es la de cumplimiento definitivo y extinción de la pena. Bárcenas la alcanzará en septiembre de 2028.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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