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Sevilla quiere ser tan capital como Madrid, Barcelona, Santiago o Zaragoza

El Ayuntamiento reclama a la Junta una ley de capitalidad como tienen otras comunidades, una norma que garantiza más financiación y competencias, pero que genera conflictos con los Gobiernos autónomos y recelos con otras ciudades

Ley capitalidad Sevilla
Un panel con la palabra Sevilla en la plaza de la Encarnación, en la capital andaluza.PACO PUENTES
Eva Saiz

“Ya está bien de que la que sea la más guapa tenga que estar continuamente justificándose”. Así se dirigió una vecina de Sevilla a su alcalde, el socialista Antonio Muñoz, para mostrarle su apoyo en su reivindicación de que la que aparece en el Estatuto de Autonomía como la capital de Andalucía tenga reconocida esa singularidad en una norma. Muñoz, avalado por un pleno que votó por unanimidad la iniciativa el pasado mes de julio, ha desempolvado una demanda histórica de la ciudad hispalense: tener una ley de capitalidad que le blinde una mayor financiación, le dote de más competencias y capacidad de inversión para afrontar los inconvenientes de ser la sede de las instituciones de la Junta y encabezar una de las áreas metropolitanas más pobladas de España, con 1,5 millones de habitantes repartidos entre la ciudad (45%) y 46 municipios circundantes (55%), cuyos residentes no pernoctan en Sevilla, pero utilizan la mayoría de sus servicios públicos.

“Ser capital de Andalucía no es un deseo de este alcalde, viene recogido en el Estatuto de Autonomía”, señala Muñoz. “Reclamo tener el mismo marco jurídico especial del que gozan otras capitales españolas, donde sus comunidades autónomas han desarrollado normas donde recogen lo que significa y supone ser la capital”, sostiene.

El alcalde de Sevilla quiere seguir la senda que inició Vitoria en 1980, que consolidó Barcelona en 1998 y a la que se han ido sumando otras ciudades como Palma de Mallorca, Santiago de Compostela, Santa Cruz de Tenerife, Mérida o la propia Madrid, entre otras. Todas gozan de un estatus jurídico especial desarrollado por sus respectivos parlamentos, que les garantiza una autonomía en la gestión de determinadas competencias, pero, sobre todo, una financiación específica. La última en sumarse a este club de capitales reconocidas por ley ha sido Zaragoza, en 2017. Valencia está en ello, pero las negociaciones para el desarrollo de su norma están en un punto muerto.

“En España, el régimen local siempre ha sido muy uniforme. La ley de Bases de Régimen Local de 1985, de hecho, no hacía ninguna diferenciación entre los municipios”, explica Silvia Díez Sastre, profesora de Derecho Administrativo y directora del Instituto de Derecho Local de la Universidad Autónoma de Madrid. “El movimiento de diferenciación local empieza a cambiar a finales de los 90 y tiene su reflejo en la ley de grandes ciudades de 2003, donde se toma conciencia de que una gran ciudad, por población, por necesidad de servicios y por composición política de sus órganos de gobierno, debe tener una organización diferente a la de otros municipios”, señala.

Las grandes ciudades, y también algunas capitales de provincia, se han erigido en los últimos tiempos en actores globales y las localidades con cierto peso no solo institucional, sino también económico, ansían tener un reconocimiento diferenciado que les allane el camino burocrático a la hora de ejercer de manera directa determinadas competencias sobre servicios esenciales, como el transporte, servicios sociales, vivienda, empleo o educación, tener una mayor gestión directa de la seguridad, poder albergar grandes eventos, pero, sobre todo, tener una garantía jurídica de acceso a recursos económicos propios.

Ese estatus es el que se garantizó Barcelona con su Carta Municipal otorgada en 1998. “Es un instrumento esencial para la gobernanza de la ciudad, es como nuestro propio Estatuto de Autonomía”, afirma Jordi Martí, concejal de Presidencia del Ayuntamiento de la capital catalana. La norma, explica Martí, contempla cuatro consorcios obligatorios con la Generalitat en materia de servicios sociales, vivienda, sanidad y educación. “Son competencias que en el ordenamiento jurídico español deberían estar atribuidas a los gobiernos autónomos, pero cuya gestión nos reconoce la Carta”, indica el edil, quien señala que el texto plantea más transferencias, como la de justicia de proximidad, que aún no se han desarrollado.

A diferencia de otras capitales de comunidades que tienen reconocida esa singularidad por ley, en Barcelona el convenio para determinar la financiación y sus competencias, no es exclusivo con el Gobierno autónomo, sino que también forma parte el Ejecutivo central, un organismo a tres bandas que únicamente se replica en Madrid y del que a Sevilla también le gustaría disponer “para acelerar la coordinación de grandes eventos o visitas de jefes de Estado o altos cargos”, expone Muñoz.

Roces en Zaragoza y Santiago y punto muerto con Valencia

Plaza del Ayuntamiento de Valencia.
Plaza del Ayuntamiento de Valencia.MÓNICA TORRES

“El problema del reconocimiento de un estatus específico de capitalidad es jurídico, pero también es en buena parte político”, advierte Roberto Galán, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla, quien señala no solo “a los eventuales agravios comparativos con otras ciudades”, sino a los acuerdos y equilibrios a los que hay que llegar entre ayuntamientos y gobiernos regionales para acordar la financiación. “Si no hay voluntad política podrá haber una ley, pero no se cumplirá”, advierte.

Es, a grosso modo, lo que ha pasado en Aragón, donde su actual presidente, el socialista Javier Lambán, aprobó la ley régimen especial de Zaragoza en 2017, cuando estaba gobernada por Zaragoza en Común, pero no se desarrolló hasta 2021, cuando la presión del nuevo alcalde, el popular Jorge Azcón, para que la dotara de contenido, abocó en la firma de un convenio para garantizar jurídicamente a la capital aragonesa una financiación anual de 20 millones de euros. En Santiago de Compostela, la disparidad de colores políticos entre el consistorio y la Xunta también ha generado tensiones a cuenta de la financiación. La capital gallega acaba de celebrar el 20º aniversario de su Estatuto de capitalidad por el que el Gobierno autónomo otorga al Ayuntamiento una financiación anual, cuya partida asciende actualmente a 2,39 millones. El Ejecutivo municipal del PSOE ya ha reclamado a la Xunta que no es suficiente porque ha ido menguando, desde que en 20111 se rebajaran esos fondos un 15%.

En Valencia, el proyecto de Carta municipal, una vieja aspiración de todos los gobiernos municipales, sin importar su color, se impulsó casi de manera definitiva en 2018, cuando la coalición de Compromís, PSPV y Podem que gobernaba en el Ayuntamiento le presentó un borrador al presidente de la Generalitat, el socialista Ximo Puig, donde se pedían más competencias, más autonomía y financiación especial por su condición de capital. La negociación se aparcó, según fuentes municipales, por la cercanía de los comicios locales de 2019 y después por la pandemia. Sin embargo, el alcalde Joan Ribó, de Compromís, envió el pasado mes de mayo una carta recordando a la Generalitat la necesidad de abordar, entre otros temas, la singularidad de la ciudad. No hay, por tanto, fecha para que la ley de Capitalidad de Valencia se convierta en proyecto de ley y se someta a la votación del Parlamento autonómico.

Recelos de otros municipios

Fachada del Ayuntamiento de Málaga.
Fachada del Ayuntamiento de Málaga.GARCÍA-SANTOS

“La capitalidad puede llegar hasta donde quiera llegar la política”, sostiene la profesora Díez. En Andalucía, la Junta ha enfriado las expectativas de Sevilla de desarrollar en esta legislatura una ley de capitalidad. Alegan que su compromiso con la ciudad es evidente por las inversiones realizadas en los últimos cuatro años y tampoco quieren, a las puertas de unas elecciones municipales, incomodar a uno de sus grandes activos, Francisco de la Torre, el alcalde de Málaga, considerada como la capital económica de la región, que siempre se ha opuesto a que Sevilla tenga blindada por ley una financiación adicional, incluso cuando esa iniciativa la planteó su compañero de partido, Juan Ignacio Zoido, cuando era alcalde de la capital andaluza.

“Los demás municipios de Andalucía no entenderíamos que Sevilla recibiera un trato preferente añadido, hasta cierto punto egoísta, por ser capital cuando ser capital ya supone un trato preferente enorme. Lo he dicho muchas veces, yo pagaría por ser capital”, explica De la Torre. El regidor malagueño considera que ser capital, sin necesidad de ninguna norma que se lo reconozca, conlleva más ventajas que inconvenientes y apunta a que en Sevilla “hay al menos 50.000 funcionarios más que en Málaga, que elevan su renta media y empujan su economía, una economía que en Málaga es propulsada por el dinamismo económico del sector privado, no por el aparato administrativo de la Junta”.

El recelo no es exclusivo de Málaga. Bilbao en su momento también se opuso a que Vitoria fuera reconocida capital de Euskadi. Pero, precisamente, la ley de Sede de las Instituciones de la Comunidad del País Vasco otorga desde 1980 a la ciudad alavesa un estatus que le garantiza una financiación específica a través de convenios que ahora asciende a 10 millones de euros anuales, y que muchos ayuntamientos de capitales con leyes de capitalidad en vigor, ponen como modelo de colaboración y eficacia.

Interés político para tener más privilegios o un mecanismo eficaz para poder desarrollar competencias esenciales para atender a unas necesidades que se multiplican por el tamaño de su población, la presencia de instituciones, de manifestaciones o para que las capitales puedan desarrollar todo su potencial —en muchas ocasiones mucho mayor que el de sus propias comunidades― en un contexto global de competencia urbana brutal. “La herramienta puede ser útil siempre que se acomode a la realidad”, afirma Díez.

Con información de Cristina Vázquez y Sonia Vizoso

La excepción de Madrid

No todas las leyes de capitalidad contemplan cuestiones financieras. Es el caso de Madrid, aprobada en 2006 cuando era alcalde Alberto Ruiz-Gallardón, que no contempla ningún capítulo para dotar de más ingresos a la ciudad ni incluye ningún incremento de competencias, aunque si incorpora procedimientos para agilizar la toma de decisiones. Como en el caso de la Carta de Barcelona, la norma madrileña también constituye la Comisión de la Capitalidad en la que están representandos la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento. 

“El caso de Madrid es muy interesante por el órgano de coordinación de las tres administraciones”, subraya la profesora de Derecho Administrativo y directora del Instituto de Derecho Local de la Universidad Autónoma de Madrid, Silvia Díez Sastre. La ley de capitalidad madrileña se centra en cuestiones de seguridad relacionadas con actos oficiales del Estado que se celebran en la capital o manifestaciones en las que intervienen las fuerzas de seguridad.

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Sobre la firma

Eva Saiz
Redactora jefa en Andalucía. Ha desarrollado su carrera profesional en el diario como responsable de la edición impresa y de contenidos y producción digital. Formó parte de la corresponsalía en Washington y ha estado en las secciones de España y Deportes. Licenciada en Derecho por Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE y Máster de EL PAÍS.

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