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La Fiscalía del Supremo apoya anular la condena a Echenique y Del Olmo por dar por hecha una violación no probada

El ministerio público respalda un recurso de los políticos contra la sentencia que les impuso el pago de 80.000 euros por vulnerar el honor de un hombre asesinado en 1985

J. J. Gálvez
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El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, a principios de 2022.Ricardo Rubio (Europa Press)

La Fiscalía del Tribunal Supremo se ha pronunciado a favor de anular una condena de 80.000 euros impuesta en 2020 a Pablo Echenique, portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, y a Juan Manuel del Olmo, actual asesor del Ministerio de Derechos Sociales y antiguo miembro del gabinete del exvicepresidente Pablo Iglesias. El ministerio público respalda un recurso presentado por ambos contra la sentencia dictada por un juzgado de Leganés, confirmada después por la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró que habían vulnerado el derecho al honor de un hombre asesinado hace 35 años, en cuyo crimen colaboró Pilar Baeza, candidata de la formación al Ayuntamiento de Ávila en las elecciones municipales de 2019.

A través de un escrito fechado el 6 de junio, al que ha tenido acceso EL PAÍS, la Fiscalía defiende que prevalece la libertad de expresión sobre el derecho al honor del difunto; y que la sentencia condenatoria no ponderó de forma adecuada el contenido de las manifestaciones de los dos políticos y el “contexto electoral” en que se produjeron. Según explica el documento, una vez que se conocieron los hechos, ambos salieron a defender a su candidata en público. Echenique lo hizo en rueda de prensa, en “respuesta a una pregunta donde se limita a señalar que ‘simplemente remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada”. Del Olmo escribió un tuit que rezaba: “…Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada y pagó su deuda con la sociedad”.

La candidata local de Podemos fue condenada en los ochenta a 30 años de prisión como colaboradora necesaria del asesinato de Manuel López. Tenía entonces 23 años y le dijo a su entonces novio que la víctima le había violado. Según la sentencia, que nunca dio por probada la violación, ella misma consiguió la escopeta que usó su pareja para el crimen, por el que cumplió pena de cárcel. “Claro que me arrepiento, cómo no me voy a arrepentir”, dijo Baeza en 2019, en una entrevista en EL PAÍS.

Ante la repercusión que tuvo la candidatura de Baeza, tanto Del Olmo como Echenique salieron a defenderla. Y sus palabras acabaron en los tribunales. Los demandó el hermano de la víctima, Víctor López, por vulnerar el derecho al honor del hombre asesinado en 1985. Reclamaba 300.000 euros, pero el juzgado rebajó sus pretensiones a 80.000 euros. La Fiscalía solicita ahora anular esa condena.

“Es cierto, como apunta la sentencia recurrida, que hubiera sido más ajustado a la realidad decir que ella afirmó haber sido violada”, argumenta el ministerio público: “Pero tales manifestaciones se realizan claramente en un contexto electoral para apoyar a su candidata y en una defensa cerrada a la misma. Y, aunque no ponen en duda la violación, en sus declaraciones no imputan el delito a persona alguna ni la identifican, sino que ponen el foco en su candidata como víctima de una violación, señalando que creen su versión como señal de apoyo”.

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La Fiscalía insiste en que el hecho de que la víctima pueda ser identificada “por la amplia información difundida anteriormente, no puede ser atribuido” a los políticos. “[Echenique y Del Olmo] tampoco divulgan ni dan publicidad a estos hechos, que ya eran objeto de un amplio tratamiento mediático. Sus declaraciones se producen como respuesta a los mismos, defendiendo la idoneidad de su candidata, es decir una de las personas inmersas en la contienda política electoral”, prosigue en su escrito, que remacha: “Por otra parte no se puede obviar que el difunto, aunque era una persona particular, adquiere relevancia pública por su desgraciada relación con los hechos delictivos, lo que unido a su condición de tratarse de una persona ya fallecida, hace que la intensidad de la protección de su honor se reduce”.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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