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La Policía comenzará a utilizar porras extensibles de acero

Los nuevos bastones defensivos han costado dos millones de euros al Ministerio del Interior

Óscar López-Fonseca
Un policía carga contra un trabajador que caminaba de forma pacífica por la avenida principal de Cádiz durante los incidentes de la semana pasada.
Un policía carga contra un trabajador que caminaba de forma pacífica por la avenida principal de Cádiz durante los incidentes de la semana pasada.Marcos Moreno

La Dirección General de la Policía ha impartido instrucciones para empezar a distribuir entre sus agentes los nuevos “bastones policiales extensibles” de acero que sustituirán a las tradicionales defensas semirrígidas —conocidas popularmente como porras— que portan actualmente, según un documento interno al que ha tenido acceso EL PAÍS. El Ministerio del Interior ha invertido 2 millones de euros en adquirir 25.539 de estas defensas (cerca de 80 euros por cada una de ellas), destinadas principalmente a los policías destinados en Seguridad Ciudadana y las Unidades de Intervención Policial (UIP, los conocidos como antidisturbios).

La instrucción se produce en plena protesta policial por las enmiendas que los dos partidos del Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, quieren introducir en la ley de seguridad ciudadana, la conocida como ley mordaza. Los policías, que se manifestaron en Madrid el pasado sábado, consideran que las propuestas de ambos partidos limitará el uso de material antidisturbios, eliminando incluso las pelotas de goma, para hacer frente a manifestaciones violentas, aunque los textos que empezará a estudiar el Congreso la próxima semana no recogen referencia expresa a ello.

Las nuevas defensas policiales —una antigua reclamación de los sindicatos del cuerpo— constan de una estructura principal fabricada “con acero o aleación de máxima calidad” que pasa de los 26 centímetros cuando está plegada a más de medio metro en toda su extensión, según recoge la documentación técnica incluida en los dos concursos licitados por Interior para su adquisición. Su peso no supera los 610 gramos. “Se trata de un elemento de fácil portabilidad que va siempre con el policía, discreto dado su reducido tamaño, con un efecto psicológico disuasorio por su efecto ruidoso al desplegarse y válida como instrumento de rescate al contar con la dureza para ser utilizada como palanca”, destacaban estos documentos. En ellos se justificaba la compra en que “evita el uso de medios más lesivos, consiguiendo una mayor operatividad y efectividad en la realización de los diferentes servicios”.

La instrucción interna dictada ahora especifica que los bastones extensibles solo serán entregados a los agentes que hayan recibido “la preceptiva formación y habilitación” tras recibir un cursillo que incluye tanto aspectos prácticos sobre la manipulación, el mantenimiento y la correcta utilización de la nueva defensa, como otros deontológicos. Además, incide en que las nuevas defensas tienen la consideración de arma de uso exclusivamente policial, según recoge el artículo 5 del Reglamento de Armas, y que, por tanto, deberá ser asignada cada agente “de forma individual, restringida y temporal” y “pasar revista en el mismo tiempo y forma que la pistola reglamentaria”. Además, el policía al que se le asigne una deberá devolverlo “cuando se produzca un cambio de la función” al ser destinado a otro servicio.

La Dirección General de la Policía también ha elaborado un protocolo específico sobre su uso —el primero para este tipo de defensas— en el que se detalla que, en caso de golpear con el bastón extensible a una persona, el agente deberá evitar hacerlo en vertical “de arriba hacia abajo”, además de no hacerlo “bajo ningún concepto” en “la cabeza, cuello, clavícula o columna vertebral”. También prohíbe que se use en “técnicas de estrangulación”.

El protocolo añade que estas defensas solo se utilizarán para “reducir, inmovilizar o detener” a personas que muestren “una resistencia activa que ponga en riesgo a los agentes o terceras personas”, que pueden actuar de manera violenta o lo hayan hecho, que amenacen con un arma blanca u otro objeto peligroso o estén a punto de poner en riesgo su vida. Y siempre después de “haber agotado las vías de diálogo, negociación y mediación previas”. Por el contrario, prohíbe usarlas “con mujeres embarazadas o con menores de edad penal [hasta los 18 años] siempre que esta condición sea perceptible”, así como “con personas de edad avanzada o personas débiles de salud”.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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