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El juez de vigilancia penitenciaria concede un permiso de 12 días a Bárcenas

La Audiencia Nacional deniega el paso a tercer grado, que también había pedido el extesorero del PP

Barcenas
Luis Bárcenas en la Audiencia Nacional, el pasado mes.ANDRES BALLESTEROS (AFP)
El País

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido un permiso de 12 días fuera de prisión a Luis Bárcenas, preso en Soto del Real (Madrid), el mismo día en que el extesorero del PP comparece por videoconferencia ante la comisión de investigación parlamentaria sobre la Kitchen en el Congreso de los Diputados.

El magistrado señala que este beneficio penitenciario ha sido propuesto por unanimidad por la Junta de Tratamiento, compuesta por “rigurosos profesionales penitenciarios” que “estudian y valoran las distintas variables que se dan en el penado”, señala la Audiencia Nacional en un comunicado.

La misma instancia ha denegado su paso al tercer grado y la aplicación del artículo 100.2 —que concede proponer a la Junta de Tratamiento variantes en el modo de cumplimiento de penas siempre a expensas de que, luego, las respalde el juez de vigilancia penitenciaria—.

Bárcenas ingresó en prisión preventiva el 27 de junio de 2013 y salió bajo fianza el 22 de enero de 2015, tras 575 días encarcelado. Volvió a entrar el 28 de mayo de 2018, tras conocerse el fallo de la Audiencia Nacional que lo condenaba por la primera etapa del caso Gürtel a 33 años y cuatro meses. El pasado 14 de octubre, el Tribunal Supremo rebajó la pena a 29 años y un mes.

Según detalla la Audiencia Nacional en su comunicado, el juez ha tenido en cuenta que Bárcenas ha pasado un periodo de tres años y cuatro meses en libertad provisional “sin que se hubiese producido incidencia alguna o intento de fuga” y también que la “asunción de responsabilidad” por parte del extesorero “resultaría incompatible con la idea de su quebrantamiento”.

Pero, al tiempo, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ha ratificado la decisión de la Junta de Tratamiento de mantener al extesorero del PP en segundo grado y denegarle el tercero, al tiempo que rechaza la aplicación del artículo 100.2. Explica la Audiencia Nacional en su nota que no queda “plenamente acreditada una evolución favorable más allá de circunstancias penales y penitenciarias de normal convivencia que permite afirmar que el penado se encuentra, en el momento actual, capacitado para llevar un régimen de vida en semilibertad”. Máxime, añade, cuando la Junta de Tratamiento, “que es quien en definitiva mejor conoce al interno”, propone la clasificación en segundo grado.

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La decisión de la Audiencia Nacional del pasado 10 de febrero de fijar en 12 años el tiempo máximo de condena que Bárcenas debía cumplir de los 29 años y un mes que el Tribunal Supremo le impuso por el caso Gürtel permitió al extesorero del PP pedir permisos para salir de prisión al haber cumplido, hace tiempo, un cuarto de esta pena, el requisito temporal que contempla el Reglamento Penitenciario para aspirar a este beneficio. Su abogado, Gustavo Galán, confirmó a EL PAÍS que su cliente disfrutará de él en fechas venideras. El extesorero se sienta estos días en el banquillo por el presunto pago de parte de la reforma de la sede del PP con dinero de la supuesta caja b del que fue su partido.

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