La Abogacía y la Fiscalía, contrarios a suspender la pena del ‘procés’
La posibilidad de que prospere la petición de anular las condenas puede considerarse prácticamente nula
La Abogacía del Estado y la Fiscalía se oponen a que se suspendan las penas impuestas a los presos del procés. El informe de los fiscales ya ha sido enviado al Constitucional, que había pedido el parecer de ambas instancias tras admitir a trámite los recursos de la mayor parte de los líderes independentistas. La Abogacía aún no ha recibido la notificación, pero su informe irá en la misma línea. Con su petición de amparo, lo que pretenden los recurrentes es que se anule la sentencia del Supremo alegando que se vulneraron sus derechos fundamentales. Y, para no sufrir perjuicios irreparables si así sucede, han pedido como medida cautelar que se les deje en libertad mientras el tribunal de garantías estudia el fondo del asunto.
Vista la postura de la Abogacía del Estado y la Fiscalía, la posibilidad de que prospere la petición de suspensión de las condenas puede considerarse prácticamente nula. En gran medida, porque ambas instancias se basan en la propia práctica del Constitucional cuando en otros casos ha afrontado peticiones similares. En tales supuestos, el tribunal ha establecido el principio de que no se suspende la ejecución de las penas superiores a cinco años. En el caso del procés, las penas ven de nueve a 13 años.
Idéntico criterio
La coincidencia de criterio de la Abogacía del Estado y la Fiscalía se basa exclusivamente en estas razones objetivas. En medios de ambas instancias se estima que en esta ocasión no cabía la posibilidad de que se dieran divergencias como las registradas durante el juicio del procés, en el que la primera calificó los hechos como sedición y los fiscales como rebelión.
El Constitucional podría resolver sobre la petición de suspensión de condenas en el pleno presencial del mes de junio. Quedarán excluidos los casos de Oriol Junqueras y Raül Romeva, porque ambos recusaron a todos los miembros del Constitucional.
Antes de adoptar resolución alguna sobre sus respectivos recursos de amparo —que de momento ni siquiera han sido admitidos a trámite—, los magistrados deberán decidir si dan curso a la recusación y nombran un instructor. En los casos precedentes de actuaciones similares contra todos los componentes del tribunal se ha producido una inadmisión de plano. Se da por hecho, por tanto, que en aplicación de su propia doctrina el Constitucional seguirá la misma pauta en junio.
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