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El Constitucional empieza este miércoles a estudiar el decreto del estado de alarma

Vox presentó un recurso al considerar que se está vulnerando derechos fundamentales

José María Brunet
Fachada del tribunal Constitucional. Jaime Villanueva
Fachada del tribunal Constitucional. Jaime VillanuevaJVS

El Tribunal Constitucional asumirá el próximo miércoles el estudio de la legalidad o no del decreto por el que se acordó el estado de alarma, después de que el Tribunal Supremo haya dictado un auto en el que rechaza resolver sobre esta cuestión, por entender que es competencia del tribunal de garantías. La vía por la que el Constitucional va a asumir el estudio de este asunto será la admisión a trámite de un recurso de inconstitucionalidad presentado por el grupo parlamentario de Vox.

Este recurso ya estaba presentado desde hace días e incluido en el orden del día del pleno telemático que el Constitucional va a celebrar a partir del miércoles, 6 de mayo. El asunto iba a ser debatido en cualquier caso, pero después de la decisión adoptada por el Supremo lo será con mayor motivo y urgencia.

En la presentación del recurso, el portavoz de Vox, Jorge Buxadé, argumentó que tras el estado de alarma existe “un estado de excepción encubierto”. La tesis que expuso fue que el Gobierno no habría querido acordar el estado de excepción porque en ese caso tenía que pedir autorización a las Cortes antes de hacerlo, y no a posteriori, como ocurre con el estado de alarma. A consecuencia de la opción por esta vía se sostiene en el recurso que el Gobierno se ha tomado atribuciones que no le corresponden y “ha suprimido de facto derechos como el de reunión, el de manifestación o el de educación, que según la ley debería ser primordialmente presencial”

Lo que tiene que decidir de entrada el tribunal de garantías es si el cuestionamiento del decreto de alarma y sus sucesivas prórrogas tiene o no relevancia constitucional, es decir, si afecta o no al ejercicio de derechos fundamentales. Nunca ha habido dudas a este respecto en el Constitucional, por lo que la admisión a trámite de ese primer recurso siempre se dio por descontada. Más aún, lo que se esperaba es que el PP también hubiera presentado otra impugnación similar, porque expuso en varias ocasiones que consideraba que este instrumento no era el más adecuado para hacer frente a la pandemia desde el punto de vista legal, aunque la apoyara hasta ahora en el Congreso por la gravedad de la emergencia sanitaria.

Junto al recurso que cuestiona la figura del decreto de alarma, su contenido y sus prórrogas, el Constitucional ha recibido otros dos que se dirigen contra la inclusión del vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, en el órgano que controla la actividad del CNI. Una de estas iniciativas fue presentada por el PP y otra por Vox. Estas impugnaciones contra normas concretas derivadas del decreto que acordó el estado de alarma se basan en que este nombramiento es completamente ajeno las materias propias de dicha situación de emergencia sanitaria. La tesis de los recursos es, en suma, que se ha utilizado indebidamente un instrumento legal previsto para otros objetivos con el fin de solucionar un problema político del Gobierno.

Todos estos recursos derivados del decreto de alarma y sus sucesivas prórrogas y derivaciones llega en un momento sumamente delicado de la vida interna del Constitucional, dividido ante decisiones concretas que se han tomado al amparo de dicha normativa. En concreto, sobre el derecho de reunión y manifestación, que una parte del tribunal de garantías cree que no puede limitarse sobre la base de lo establecido en el decreto del estado de alarma, mientras otra parte estima que ese paraguas legal no es solo suficiente, sino el idóneo en la situación de pandemia.

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Estas discrepancias llevaron a que el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, tuviera que deshacer un empate entre los magistrados utilizando su voto de calidad. A ello se suma que el tribunal está pendiente de renovación desde hace cinco meses, y que en estas condiciones va a asumir también el próximo miércoles los recursos de amparo de los presos del procés, que con toda probabilidad también generarán fuertes debates y eventuales episodios de división entre los magistrados, vistos los antecedentes relativos a los recursos más recientes de los condenados por sedición por el Supremo. En esos varios de esos casos, el tribunal rechazó las impugnaciones por 9 votos a 3, dejando atrás la etapa en que sus resoluciones sobre este asunto se adoptaron por unanimidad.

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