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Atentos a las noticias

El seguimiento minucioso de la información no siempre es posible, y ello preocupa a algunos lectores

Varios de los anarquistas detenidos esta semana en Madrid, Palencia y Barcelona, en relación con atentados como los de la catedral de la Almudena o la basílica del Pilar tras declarar en la Audiencia Nacional.
Varios de los anarquistas detenidos esta semana en Madrid, Palencia y Barcelona, en relación con atentados como los de la catedral de la Almudena o la basílica del Pilar tras declarar en la Audiencia Nacional.EFE

El juicio contra Larry Nassar, el que fuera médico del equipo estadounidense de gimnasia, acusado de abusar sexualmente de decenas de atletas, ha otorgado inesperado relieve a una sentencia del Tribunal Supremo que EL PAÍS publicó a toda página el 17 de enero en la sección de Deportes. El Supremo restituye el honor de Gloria Viseras, se titulaba el artículo en el que se pasaba revista a la sentencia del alto tribunal que ponía fin al último episodio judicial de esta gimnasta española que acusó al antiguo entrenador nacional, Jesús Carballo, de abusos sexuales. El fallo del Supremo estimaba el recurso presentado por Viseras contra la sentencia de la Audiencia de Madrid que en abril de 2017 le había condenado (junto a la exgimnasta Irene Martínez y al entrenador Antonio Llorens) a indemnizar a Carballo por haber atentado contra su honor.

El texto ha aclarado las dudas de un lector, Ignacio López, que escribe: “Una vez leído el artículo, me siento bien informado y puesto al día”. Pero ha despertado también su “preocupación” por la continuidad de la información, ya que manifiesta: “No recuerdo haber leído la condena a Gloria Viseras, la que ahora el Supremo modifica. No digo que no lo haya publicado EL PAÍS. Quizá lo leí y no lo recuerdo”.

Al lector no le falla la memoria. EL PAÍS no publicó la noticia de la sentencia de la Audiencia de Madrid quizás porque cuando se produjo, el caso había dejado de ser noticia. El redactor jefe de Deportes, David Álvarez, considera que esa laguna ha quedado cubierta con la extensa crónica de la sentencia del Tribunal Supremo.

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“El fallo, al ser del Supremo, ya era definitivo, por lo que la historia se cerraba desde el punto de vista judicial”, señala Álvarez. “Además, en la decisión de publicar esta información influyeron varios factores. Por un lado, la sentencia coincidió con los días en los que se juzgaba a Larry Nassar. Por otro, el Supremo corregía el fallo previo de la Audiencia Provincial de Madrid por considerar que dificultaba a las víctimas de abusos sexuales la posibilidad de denunciarlos, algo en lo que también ha puesto el foco el movimiento #MeToo. El Supremo dice: ‘Una exigencia de prueba de la veracidad de tal rigor supone impedir que ese tipo de conductas puedan ser denunciadas públicamente y cargar a las víctimas y testigos que los denuncian con el grave riesgo de sufrir condena por su actuación de denuncia, lo que en la práctica supone una disuasión para la denuncia pública de estos hechos’. La sentencia es muy relevante no solo en el caso particular de la denuncia de Gloria Viseras contra Jesús Carballo, sino por sus implicaciones jurídicas para muchos otros casos de abusos a menores”.

La noticia del fallo del Supremo recupera la no publicada sobre la sentencia de la Audiencia Provincial

Otro lector, Álvaro Sarasúa, me escribe “apenado” al no haber encontrado en EL PAÍS ninguna referencia al sobreseimiento, hace unos días, de la causa contra varios anarquistas detenidos en la llamada Operación Piñata, que se desarrolló en la primavera de 2015. Tema del que este periódico se hizo eco en diversas informaciones publicadas en las ediciones impresa y digital.

Rafa de Miguel, redactor jefe de la sección Noticias, explica al respecto: “La razón por la que no hemos informado del sobreseimiento de la causa es muy sencilla: rara vez, salvo que se trate de asuntos o personas muy relevantes, contamos el desenlace de los procesos de los que damos cuenta. De ser así, los responsables de tribunales deberían dedicar la mayor parte de su tiempo a revisar en qué quedaron hechos que en su día fueron noticia. Contamos lo sucedido, contamos las acusaciones de la fiscalía y las decisiones cautelares del juez… pero tres años después, -es imposible seguir cada una de las causas-, nadie estaba pendiente de ese proceso”.

Siempre hay lectores pendientes de las noticias, y atentos a que no se rompa “la continuidad de la información”, como escribe Ignacio López. Y tampoco hemos aplicado en otras ocasiones el criterio que defiende De Miguel. Cuando la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ordenó archivar, en junio de 2016 y en mayo de 2017, dos causas abiertas contra anarquistas detenidos en Barcelona, este periódico recogió la noticia –en un caso ampliamente- en la edición impresa de Cataluña.

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