Desaforados
La fuerte sensibilidad frente a los privilegios de los políticos aconseja revisar su blindaje jurídico
Una de las iniciativas legislativas de regeneración democrática que prepara el Gobierno como respuesta a la desafección ciudadana hacia la política y los políticos es la de reducir drásticamente el numero de aforados. El asunto es una derivación algo paradójica del debate suscitado por la situación en que quedaba el rey Juan Carlos tras su abdicación. Se consideró absurdo que el ex monarca perdiera la condición de aforado que se reconocía a miles de cargos públicos y miembros del poder judicial. Pero ese argumento llevó a preguntarse por qué había tantos aforados en España, y si no sería conveniente revisar su fundamento.
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El aforamiento se justifica clásicamente como protección de ciertos cargos públicos frente a intentos de presión mediante la falsa imputación de delitos. El Tribunal Constitucional lo definió en su día como “instrumento de salvaguardia de la independencia institucional tanto de las Cortes como del poder judicial”. Su consecuencia es que en caso de procesamiento la causa pasaría al Tribunal Supremo o Superior de la autonomía correspondiente. Se trata por tanto de una excepción al criterio general de atribución de la causa al juez natural. Dada la tendencia de muchas personas a plantear demandas temerarias contra los políticos y otros personajes públicos, el aforamiento se consideró una defensa lógica, atribuyéndole efectos disuasorios.
Pero también es lógico que escandalice el número. En España están aforados todos los parlamentarios y miembros de los Gobiernos Nacional y autonómicos, los jueces y fiscales y miembros de otras instituciones como el Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, etc. En total, según el ministro de Justicia, 17.621 personas en la actualidad. En países como Alemania, Estados Unidos o Reino Unido no hay aforados.
La reforma de Ruiz Gallardón pretende mantener esa condición a solo 22 personas. Aparte de los miembros de la Casa Real, el presidente del Gobierno y los de las 17 autonomías, los de los Tribunales Constitucional y Supremo, y los del Congreso y del Senado. El problema es que así como para excluir a jueces y fiscales bastaría con reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial, el aforamiento de parlamentarios y gobernantes está constitucionalizado o incluido en los Estatutos correspondientes, por lo que habría que reformar esas normas. Abrir ese melón solo para dicho fin sería una imprudencia, pero si se abriera por otros motivos sería conveniente incluir este asunto.
Sobre todo porque hoy existe una extraordinaria sensibilidad en relación a lo percibido como privilegios de los políticos, en particular en relación a la Justicia. En un estudio sobre la calidad de la democracia en España publicado en 2010 partiendo de una encuesta del CIS, el 82% de los consultados opinaba que la justicia no trata igual a los políticos que a la gente corriente; y la idea de que todos los ciudadanos son iguales ante la ley era la que ocupaba el último lugar entre los indicadores de calidad democrática.
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