Puntualización
En la edición del pasado día 4 de febrero, en el espacio El acento titulado Patrias de conveniencia de la sección de Opinión, concretamente en la página 30 de la edición impresa, parece sugerirse que en Portugal se puede obtener la nacionalidad a través de la compra de una vivienda o de otros tipos de inversión.
Esto no corresponde a la verdad y tampoco está de acuerdo con la información, esa sí cierta, sobre dicho asunto publicada en la edición de domingo 2 de febrero en la página 10 del suplemento Negocios y titulada Sea europeo por un millón de euros. De hecho, el régimen legal de autorización de residencia para actividad de inversión, creado por el Gobierno de Portugal en 2012, simplemente otorga la posibilidad a los inversores extranjeros de solicitar una autorización de residencia en territorio portugués en los términos fijados en la legislación aplicable.
Pido así su atención sobre el hecho de que la información que consta en dicho artículo es errónea, por lo que me gustaría solicitarle su posible corrección.— José Tadeu Soares. Embajador de Portugal en España.
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