¿Un referéndum democrático?
Es dudoso que la consulta pretendida cumpla los requisitos internacionales
Los criterios para la aceptación por parte de la comunidad internacional del resultado de un hipotético referéndum de independencia en Cataluña son claros. Primero, el respeto del Estado de Derecho, es decir de las leyes (incluida la Constitución) y de las sentencias de los tribunales y, por lo tanto, la necesidad de un acuerdo con el Gobierno español.
Segundo, y en base a la sentencia del Tribunal Supremo de Canadá sobre las consultas celebradas en Quebec, el referéndum debería realizarse con una pregunta clara y que obtuviera una mayoría clara a favor. Precisamente, esas fueron las condiciones impuestas por la UE en el referéndum de independencia de Montenegro en 2006: una pregunta clara (¿desea que la República de Montenegro sea Estado independiente con plena legitimidad conforme al Derecho internacional?), una participación mínima del 50% del electorado, así como el 55% de votos afirmativos de los válidamente emitidos. En este contexto, solo recordar que la ratificación del actual Estatuto de Autonomía de Cataluña no habría sido posible bajo esas mismas condiciones, ya que la participación del electorado fue menor del 50%.
Pero existen otras condiciones también importantes que se refieren al entorno en el que se celebran las votaciones. En Europa, la valoración de este entorno la realiza la OSCE, a través de la llamada “observación electoral”, sin cuyo aval democrático a la consulta no se puede aspirar al reconocimiento internacional de sus resultados. Y lo efectúa de una manera transparente, con el envío de “observadores electorales” unos meses antes de su celebración, reforzados con expertos adicionales durante los días previos a la consulta, y en base a unos criterios bien conocidos: 1) Respeto de los derechos humanos relativos al ejercicio del derecho de sufragio, es decir, se evalúa si la libertad de expresión, la libertad de asociación, el derecho de reunión, etcétera, se ejercen sin ningún tipo de cortapisas con el fin de comprobar que las votaciones se realizan con igualdad de oportunidades para las diferentes opciones. 2) Buen funcionamiento e independencia del poder judicial, incluida la relativa al organismo encargado de velar por el buen desarrollo del proceso electoral, con el fin de asegurarse que tanto las votaciones en sí mismas, como el control de todo el proceso y las posibles reclamaciones se efectúan conforme a la ley y reflejan fielmente la voluntad del electorado. 3) La no utilización por parte de las instituciones del Estado en cuestión de los recursos públicos o de los medios de comunicación públicos y subvencionados con el fin de apoyar a una de las opciones.
Una consulta sin encaje constitucional no será aceptada internacionalmente
En vista de la actual situación en Cataluña, y en base a mi experiencia en unos cuantos procesos electorales en diferentes partes del mundo, ¿cuál podría ser la evaluación de la OSCE si el referéndum de autodeterminación se celebrara mañana?
Para empezar, la OSCE no podría aceptar la validez del resultado de un referéndum que no tuviera un encaje legal anclado en la Constitución y en un acuerdo con el Gobierno español. En dicho caso, con toda seguridad ni siquiera enviaría un equipo de observadores electorales. Asimismo, la doble pregunta acordada entre CiU, ERC, ICV y CUP tendría pocas posibilidades de ser considerada como aceptable debido a su falta de claridad, en concreto respecto de su primera parte.
En cuanto a la evaluación del respeto de los derechos humanos fundamentales relativos al ejercicio del derecho de sufragio, la evaluación debería ser globalmente positiva, si bien es posible que se realizaran críticas a la intimidación que determinados sectores proindependencia llevan a cabo en contra de los partidos opuestos a la misma, como por ejemplo los boicoteos que estos sufren regularmente en sus actos públicos, en particular si los responsables del orden público no hacen nada por impedirlo.
En cuanto a las instituciones encargadas de velar por el buen desarrollo del proceso (Junta Electoral y tribunales de justicia), no debería haber ningún problema en el supuesto de que estas siguieran siendo las que la legislación española designa, ya que hasta el presente así ha sido desde la reinstauración de la democracia en España. En este contexto, ni que decir tiene que las consultas secesionistas celebradas en determinados ayuntamientos de Cataluña en 2009 y 2010 no pasarían este test de validez. Lo mismo ocurriría, con mucha probabilidad, en el caso de que la Generalitat convocase un referéndum al margen de las instituciones designadas para su ejecución y control.
En lo que se refiere a la utilización de recursos públicos para promover la opción independentista, sería probable que la OSCE mencionara como problemáticos dos elementos: la creación de las llamadas “estructuras de Estado” financiadas por el erario incluso antes de que el electorado haya podido pronunciarse a su favor en una consulta y, adicionalmente, el apoyo financiero brindado desde las autoridades autonómicas catalanas hacia determinados organismos, ONGs y demás actores económicos y sociales con el propósito de promover el ideal soberanista entre el electorado.
El escoramiento de los medios públicos de Cataluña hacia el soberanismo es otro de los puntos negros
Finalmente, y en lo que se refiere a la utilización de los medios de comunicación, el claro escoramiento de los canales públicos de televisión y radiodifusión catalanes (en particular, TV3 en los últimos tiempos), así como de los medios impresos subvencionados por la Generalitat (oficialmente para la promoción de la lengua catalana) hacia posiciones en defensa del proceso soberanista (si bien alguno de ellos ha cambiado últimamente su línea hacia una posición de mayor neutralidad) sería otro punto negro a destacar por parte de la OSCE. Efectivamente, los expertos miden los tiempos y espacios dedicados por los medios públicos y subvencionados a la defensa de cada una de las opciones, pero no solo durante la campaña electoral, sino también en su programación general y desde la llegada de los expertos unos meses antes de la consulta. Se podría aducir que lo mismo sucede, pero en sentido contrario, en los medios de comunicación estatales públicos y subvencionados (fundamentalmente RTVE, pues no existen subvenciones estatales a los medios impresos), lo que “compensaría” la situación; yo no creo que sea comparable el apoyo que reciben las tesis soberanistas por parte de TV3 con el posicionamiento más neutral de RTVE al respecto. Asimismo, harían un análisis de los medios de comunicación privados, pero sin que su conclusión tuviera el mismo grado de importancia.
El problema de fondo no es que los partidarios de la independencia hagan todo tipo de promoción de su ideario, sino que lo hagan desde las instituciones y, más aún, con el dinero del contribuyente que nos pertenece a todos nosotros, los ciudadanos de Cataluña.
En resumen, dada la actual situación en Cataluña, es dudoso que, de celebrarse hoy, un referéndum de independencia cumpliera con los estándares internacionales que lo avalaran como plenamente democrático y que, por lo tanto, su resultado recibiera el reconocimiento internacional.
Víctor Andrés Maldonado es licenciado y MBA por ESADE. Fue funcionario de las instituciones de la UE durante el periodo 1986-2012.
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