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Blogs / El Viajero
El viajero astuto
Por Isidoro Merino
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Todo sobre tu vuelo: respuestas a las dudas más frecuentes

Isidoro Merino

¿Es legal el ‘overbooking’? ¿Qué es la cláusula ‘no-show’ de las aerolíneas? ¿Cuántos bultos puedo llevar encima? ¿Puedo embarcar con el pasaporte caducado?... Foto: Martin Barraud / Getty

La empresa de reclamaciones aéreas Reclamador.es ha elaborado una lista con las preguntas más frecuentes que les plantean sus clientes. Debajo, algunas de sus respuestas.

01 ¿Con cuántos bultos se puede embarcar? ¿Qué pasa con el equipaje de mano y la bolsa extra si compras algo en los duty free del aeropuerto?

La ley de navegación aérea establece en su artículo 97 que el pasajero podrá transportar, además de su equipaje de mano, los bultos y enseres que lleve consigo, no teniendo éstos la consideración de equipaje. Aena aclara que “está permitido embarcar con una bolsa de sus tiendas, además de su equipaje de mano, y debe realizarse de manera gratuita". Es una disposición aplicable solo a vuelos con salida u origen en España. Ryanair ha tenido que acatar esta disposición y desde el pasado 1 de diciembre permite llevar un segundo bulto en cabina, aunque limitado a un peso y dimensiones concretas.

02 Cambio de titularidad del billete

Los billetes son siempre nominativos (es decir, emitidos a nombre de una persona concreta) por lo que si se desea cambiar la titularidad de los mismos habrá que tener en cuenta las condiciones establecidas por cada aerolínea. Algunas tarifas dan la opción de cambiar el nombre del pasajero pagando un plus.

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03 ¿Los menores que viajan con sus padres necesitan DNI o pasaporte?

La obligatoriedad de disponer del Documento Nacional de Identidad (DNI) es para los mayores de 14 años residentes en España, así que, de acuerdo al Plan Nacional de Seguridad, aprobado en 2012, los menores de 14 años pueden volar a destinos nacionales (no al resto de la Unión Europea) sin DNI, siempre que viajen con sus padres y estos lleven consigo el libro de familia.

Ryanair se opuso a esta medida exigiendo que también los niños, incluso los bebés, llevasen pasaporte o DNI para embarcar. Aunque inicialmente los juzgados le dieron la razón, hubo un cambio de criterio en los tribunales y se empezó a condenar a la aerolínea masivamente por esta práctica.

04 Volar con el DNI o el pasaporte caducado

Según el Plan Nacional de Seguridad, en vuelos nacionales o comunitarios se puede volar con el DNI o el pasaporte aunque estén caducados, y también valdría el permiso de conducir si está emitido en España (sin embargo, yo he visto a más de un pasajero quedarse en tierra por llevar solo el carné de conducir en la mano).

05 ¿Puedo volar con el billete de vuelta si no utilizo la ida?

La cláusula No Show establece que si alguno de los trayectos comprados no se usa, automáticamente se cancelan los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete.

Sin embargo, tras recibir numerosas denuncias de consumidores, el Tribunal Supremo la ha declarado ilegal prohibiendo su aplicación en España. Está previsto incluir esta modificación en la reforma del reglamento 261/2004. Por el momento, Iberia sigue denegando el embarque en el viaje de vuelta a aquellos pasajeros que no han empleado el billete de la ida, lo que, según los abogados deReclamador.es se trata de una práctica “totalmente ilegal”.

06 Cambio de vuelo

La compañía está obligada a notificar cualquier alteración en las condiciones de transporte. De no hacerlo, incurriría en incumplimiento contractual y el pasajero tendría derecho a las compensaciones establecidas por ley. Si el pasajero ha comprado el billete a través de una agencia de viajes, es esta quien debe informarle con tiempo de los cambios.

07 ¿Se puede sobrevender un vuelo? (el famoso y detestado ‘overbooking’)

Sí, no es ilegal vender más plazas de las que caben en un vuelo. El reglamento 261 impuso compensaciones económicas a favor de los viajeros a los que se denegaba el embarque por ‘overbooking’, pero no declaró ilegal la medida. Y a las compañías les sale más rentable pagar las compensaciones que arriesgarse a dejar plazas sin vender.

08 ¿Cuánto tiempo debe pasar para poder reclamar por un retraso? ¿Cómo sé si se trata de un retraso o una cancelación?

Los pasajeros tienen derecho a reclamar si el vuelo se retrasa más de 3 horas. En este caso, les corresponde una indemnización automática de entre 250 y 600 euros, según la distancia. Para diferenciar entre retraso o cancelación hay que mirar el número de vuelo. Si éste cambia, se trata de una cancelación. Si el usuario tiene una tarjeta de embarque y le dan otra, se trata también de una cancelación. Si vuela con la misma tarjeta de embarque que se tenía desde el inicio, se trata de un retraso.

09 ¿Qué ocurre si hay una huelga?

Los pasajeros deben saber que, ante cualquier tipo de huelga, les asisten una serie de derechos: en caso de cancelación o retraso superior a cinco horas, la aerolínea deberá ofrecer al pasajero la posibilidad de elegir el rembolso en siete días del coste íntegro del billete y un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible, o la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables.

Para que la huelga en cuestión pueda ser usada legalmente por la aerolínea como eximente de la responsabilidad con el pasajero debe reunir dos condiciones: imprevisibilidad e inevitabilidad. Así, una huelga que está convocada legalmente nunca será imprevisible y por lo tanto, la compañía aérea deberá pagar la indemnización correspondiente. Lo mismo sucede en el caso de huelgas de terceros como empresas de handling (asistencia en tierra a aeronaves). El servicio lo contrata el viajero con la aerolínea y es responsabilidad de esta estar a la altura del servicio contratado.

10 Hora límite de llegada al embarque: ¿Qué ocurre si hay cola? ¿Cómo se mide?

La hora límite para embarcar no está prefijada en ninguna norma (para Ryanair es de 30 minutos antes, mientras que para Vueling son solo 10). Lo que sí está prefijado es la hora límite para facturar el equipaje y obtener la tarjeta de embarque: 45 minutos. Este tiempo límite puede extenderse si lo establece la compañía en sus condiciones de transporte. Por ejemplo, en vuelos a EEUU o a Israel, que exigen que el viajero esté en el aeropuerto hasta dos horas antes por el control de seguridad.

Y tú, ¿tienes alguna duda?

Comentarios

¿Es legal que te toque en el asiento de al lado un tipo de 200 kgs y no te quede más remedio que cederle la mitad de tu espacio vital?
¡Unos consejos muy útiles! Es muy importante que los viajeros tengamos información sobre nuestros derechos y lo que podemos y no podemos hacer para que luego tengamos un vuelo placentero y fácil. Podéis leer mis experiencias viajeras y consejos en mi blog: http://mindfultravelbysara.com
Parece que Ryanair ha tenido que cambiar su política al respecto de las compras del aeropuerto y ha lavado un poco su imagen. De todas formas siempre es útil encontrar aquí todas estas recomendaciones. blog.weareroamers.com
Buen manual de ayuda para viajar en avión. Lo malo es que algunas cosas luego se olvidan. Me lo voy a imprimir por si acaso.http://rutaturismo.com
Si te ofrecen por un retraso de varias horas 400 euros, pero lo hacen en futuros vuelos de la misma compañía, he de aceptar, o sigo preguntando para cobrar cash?
Hola encontré este sitio sobre Como llevar líquidos en el avión y cuales son artículos prohibidos para llevar en maleta y equipaje de mano.http://www.tiquetesbaratosweb.com/articulos-prohibidos-en-avion/Espero que les sirva!

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Sobre la firma

Isidoro Merino
Redactor del diario EL PAÍS especializado en viajes y turismo. Ha desarrollado casi toda su carrera en el suplemento El Viajero. Antes colaboró como fotógrafo y redactor en Tentaciones, Diario 16, Cambio 16 y diversas revistas de viaje. Autor del libro Mil maneras estúpidas de morir por culpa de un animal (Planeta) y del blog El viajero astuto.

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