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Fran Rivera se queda sin 150.000 euros

El Supremo absuelve a Telecinco de indemnizar al torero al considerar que 'Aquí hay tomate' y' TNT' no vulneraron su intimidad

Eugenia Martínez de Irujo y Francisco Rivera el día de su boda, el 23 de octubre de 1998.
Eugenia Martínez de Irujo y Francisco Rivera el día de su boda, el 23 de octubre de 1998.GTRESONLINE

Más buenas noticias (judiciales) para Telecinco. El Supremo acaba de absolver a la cadena de Mediaset de una demanda presentada por el torero Francisco Rivera en la que reclamaba una indemnización de 150.000 euros, al considerar que los programas Aquí hay tomate y TNT habían  vulnerado el derecho a su intimidad. El caso se remota a casi 14 años atrás cuando el periodista Miguel Temprano hizo unas declaraciones a estos programas en los que aseguraba haber visto al diestro comer con la presentadora Anne Igartiburu en un restaurante de Madrid días antes de su boda con Eugenia Martínez de Irujo, el 23 de octubre de 1998 en la catedral de Sevilla. Por último, el Supremo, además de rechazar la reclamación del Fran Rivera, lo ha condenado a asumir las costas del proceso en sus tres instancias.

El Supremo confirma ahora la decisión de la Audiencia Provincial, que previamente ya había ratificado la sentencia de primera Instancia, en la siguiente resolución: “Como se dice en la sentencia recurrida, habiéndose conferido a la boda (del propio Francisco Rivera y Eugenia Martínez de Irujo) la trascendencia de un acontecimiento de interés público, los comentarios que años después del evento se hagan sobre las circunstancias que rodearon al enlace, cuando el propio interesado ha manifestado a través de una autobiografía determinados aspectos de su vida —entre los que ocupa un lugar destacado su boda—, no atentan a su intimidad, resultando así una voluntad clara de poner ciertos aspectos de su vida personal y familiar en público conocimiento y fuera del ámbito de lo reservado”

Con esta nueva resolución, son ya cuatro las instancias judiciales que se han pronunciado a favor de la cadena en distintos procesos, tras las absoluciones dictadas por el Supremo ante las demandas de los presentadores Pepe Navarro —que reclamaba 100.000 euros por una supuesta vulneración de su honor— y Gonzalo Miró —que solicitaba otros 100.000 euros por una presunta intromisión ilegítima en su intimidad y su derecho a la propia imagen— y por la Audiencia Provincial de Barcelona ante la demanda presentada por Antonia Dell'Atte y su hijo Clemente Lecquio, que exigían una indemnización de 70.000 euros por una supuesta vulneración de su imagen e intimidad.

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