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Asociaciones piden la expulsión de la consejera Plañiol del Colegio de Abogados

La responsable de Justicia e Interior ha permanecido ocho años dada de alta pese a la incompatibilidad de sus cargos.- Ella asegura que se debe a "un fallo administrativo"

Tres asociaciones profesionales han presentado una queja deontológica ante el Colegio de Abogados de Madrid para pedir la expulsión de la consejera de Presidencia, Justicia e Interior, Regina Plañiol, por "ejercer como letrada" durante ocho años, una actuación incompatible con el desempeño de su función pública en la Comunidad de Madrid.

La Asociación de Abogados por un Turno de Oficio Digno (Altodo), la Asociación Libre de Abogados (ALA) y la Asociación Profesional de Abogados de Extranjería de Madrid (APAEM) reclaman la apertura de un expediente disciplinario a Plañiol por una presunta "infracción muy grave" del Estatuto General de la Abogacía Española, los Estatutos del Colegio de Abogados de Madrid y las normas deontológicas.

Plañiol fue nombrada viceconsejera de Familia y Asuntos Sociales en 2003 y consejera de Presidencia y Justicia de la Comunidad de Madrid en 2011. Durante ese tiempo ha estado de alta como letrada en ejercicio en el Colegio de Abogados de Madrid hasta que el pasado julio envió una carta para subsanarlo.

En el texto, han argumentado que el Estatuto General de la Abogacía Española establece que el ejercicio de la abogacía será incompatible con el desempeño de cargos, funciones o empleos en las Administraciones públicas. El artículo 23 del estatuto establece que el afectado por la incompatibilidad es quien debe comunicarlo "sin excusa" a la Junta de Gobierno del Colegio y "cesar inmediatamente". Una portavoz de Justicia explica que la consejera admite "un fallo administrativo" porque no solicitó su baja como ejerciente al ser nombrada viceconsejera en 2003. Añade que en este tiempo no ha trabajado como letrada y que, además, sus nombramientos como alto cargo regional aparecen publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM) lo que "se puede considerar una comunicación oficial". Las denunciantes aseguran que "el ejercicio profesional con estas incompatibilidades" constituye una infracción muy grave, que se sanciona con la expulsión del Colegio tras la apertura de un expediente disciplinario.

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