El Supremo apela al pluralismo político para no suspender las actividades del PCTV
El tribunal argumenta que la medida sería "desproporcionada" pero sí prohíbe que se concedan fondos a la formación
El Tribunal Supremo justifica su decisión de no suspender las actividades del PCTV diciendo que el pluralismo político debe prevalecer sobre otros intereses, y que "no sería ni proporcionado ni adecuado" impedir el funcionamiento del partido teniendo en cuenta la corta duración del proceso de ilegalización.
El tribunal señala que "una ponderación de los intereses en conflicto excluye la procedencia" de la adopción de dicha medida. Añade que "la preponderancia de los valores superiores del ordenamiento jurídico establecidos en el artículo 1 de la Constitución, entre los que se encuentra el pluralismo político, impone la subordinación de otros intereses que no alcanzan este rango constitucional".
En un auto notificado hoy, la sala del 61 del Alto Tribunal explica así su decisión del pasado viernes de no acceder a la petición de la Fiscalía y del Gobierno de suspender las actividades de este partido mientras se tramitan las demandas. El Supremo sí acordó prohibir la entrega de fondos públicos a esta formación.
Al respecto el auto afirma que "el pluralismo político, que justifica lo dicho respecto de las otras medidas ya tratadas, no alcanza a garantizar la financiación pública de partidos políticos que, como el PCTV, hayan sido considerados en el trámite de una causa criminal 'prime facie' vinculados al complejo terrorista liderado por ETA, a través de Batasuna". Según recuerda, esta medida "no comporta una pérdida definitiva del derecho afectado" y "puede, en todo caso, ser reparada en el caso de desestimación de las demandas".
El auto, del que ha sido ponente el magistrado Enrique Bacigalupo, también analiza la compatibilidad entre la vía penal que sigue el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón -quien el pasado viernes suspendió las actividades del PCTV y de ANV- y la de La Ley de Partidos.
Así, recuerda que el artículo 10.6 de dicha Ley prevé que la eventual coincidencia en el tiempo de ambos procedimientos respecto de un mismo partido político no interferirá la continuación de ambos hasta su finalización, produciendo cada uno de ellos los correspondientes efectos.
Cuando ha habido pruebas
El ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubacaba, subrayó hoy que las intuiciones no son pruebas, después de que el Tribunal Supremo haya afirmado, en un auto sobre la ilegalización de ANV que el proceso de colaboración de este partido en la estrategia de Batasuna podía "intuirse" antes de mayo de 2007.
"No tengo que recordarle al Supremo, lo sabe perfectamente, que una intuición es todo menos una prueba", recalcó Rubalcaba en rueda de prensa en la sede del PSOE para presentar los ejes del programa electoral socialista en materia de seguridad ciudadana.
El ministro ha insistido en que la mayor parte de las pruebas sobre la relación entre Batasuna y ANV y el PCTV se conocieron en octubre de 2007, tras la detención de la mesa nacional del aprtido ilegalizado en Segura. "Las pruebas se empiezan a recabar en septiembre, en octubre y se consolidan en enero. Incluso Fiscal y Abogacía del estado han ido suministrando pruebas, algunas conseguidas en los últimos días, cuando ya habían presentado las demandas", apostilló. Desde entonces, ha asegurado, la Guardia Civil y la Policía han trabajado "lo más deprisa posible". Concluyó que es "lógico" que las pruebas sobre la colaboración entre los grupos no se obtuvieran hasta unos meses después de las elecciones municipales de mayo de 2007.
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