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El Supremo decide hoy si embarga las 'herriko tabernas' por su vinculación con Batasuna

La Sala del 61 del Alto Tribunal revisa la liquidación patrimonial de estos locales decretada en 2002

La Sala del 61 del Tribunal Supremo retomará esta tarde sus deliberaciones sobre si procede extender la liquidación patrimonial de Batasuna a los bienes cuya titularidad ostentan las asociaciones y sociedades que regentan las herriko tabernas y decidirá si ordena el embargo de estos establecimientos.

La reunión de los 16 magistrados de la Sala Especial encargada de la ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna, comenzará a las cinco de la tarde según fuentes del Alto Tribunal.

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El magistrado ponente de la liquidación de Batasuna, Joaquín Samper, informó a sus compañeros del estado de las actuaciones y transmitió su inquietud ante el hecho de que los embargos pudiesen no haber sido renovados. Por ese motivo, el pasado mes de abril el Supremo pidió al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que le informara del estado en el que se encontraban los embargos de 55 herriko tabernas decretados por el Juzgado Central de Instrucción número 5 en abril de 2002 en la causa en la que estudia la sumisión de Batasuna a ETA.

Garzón aseguró en un auto que estos establecimientos se encontraban bajo administración judicial y no se había alterado su titularidad ni la de sus bienes. No obstante, reconocía que las anotaciones registrales respectivas habían quedado sin efecto en abril de 2006, al cumplirse cuatro años de la adopción de la medida.

El pasado mes de enero, la Sala prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) concedió quince días a los titulares de las herriko tabernas para que presentaran las alegaciones que consideraran oportunas sobre su vinculación con Batasuna. Previamente los liquidadores encargados de inventariar el contenido de los locales habían presentado un informe en el que llegaban a la conclusión de que las herriko tabernas y ciertas asociaciones culturales "pertenecerían en realizad, material y efectivamente a la propia Batasuna".

Afinidad ideológica

la Sala del 61 consideró que en ese momento procesal no podía afirmarse, "con efectos de prueba plena que el tribunal considere estrictamente acreditadas los hechos, datos y conclusiones que figuran en el informe de los liquidadores". Por ello, pidió informe a la Fiscalía y Abogacía del Estado. La Fiscalía respondió al requerimiento afirmando que aunque entre las herriko tabernas y Batasuna "existe una afinidad ideológica e, incluso, una identidad de pensamiento con todos y cada uno de los objetivos que han prestado su apoyo a ETA", no puede "inferirse la conclusión de que uno y otro son la misma cosa, al menos por el momento".

La Abogacía del Estado proponía el embargo "si quedara acreditado en el proceso que los bienes y derechos" de estos locales y las sociedades instrumentales investigadas por los liquidadores "pertenecen realmente a los partidos políticos disueltos judicialmente (HB-EH-Batasuna)".

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