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El Consejo General del Poder Judicial decide hoy si expedienta al juez Del Olmo

La inspección propuso que se considerara una falta muy grave el error de Juan Del Olmo que permitió la excarcelación de un imputado por el 11-M

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidirá hoy si abre un expediente al juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo. La inspección ha propuesto que se considere falta muy grave el error de Del Olmo que permitió la excarcelación de Saed El Harrak, procesado por los atentados del 11-M.

La apertura de un expediente disciplinario fue propuesta a finales del pasado mes de mayo por el jefe del Servicio de Inspección del CGPJ, José María Gil Sáez, quien aprecia una falta muy grave de desatención de sus funciones jurisdiccionales en la actuación del magistrado.

Para el Servicio de Inspección del CGPJ, la puesta en libertad de Saed el Harrak se debió a una desatención de sus obligaciones por parte de Del Olmo, "ya que el error que desembocó en la excarcelación del inculpado fue debido a una falta de control en el plazo de la prisión provisional del encartado".

Las faltas muy graves están castigadas, según establece el artículo 420.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con suspensión, traslado forzoso o separación de la carrera judicial.

Según un informe remitido por la Audiencia Nacional al CGPJ, el propio Del Olmo reconoció que la excarcelación de Saed El Harrak, uno de los 29 procesados por su presunta participación en los atentados del 11-M, se debió a un "error de transcripción mecanográfica" en el listado informático que tiene sobre las prisiones provisionales de los imputados del sumario.

Por su parte, la jueza Teresa Palacios, que ese día tuvo que sustituir a Del Olmo, remitió otro escrito al Servicio de Inspección del CGPJ en el que señala que no fue informada con antelación de que debía sustituir al citado magistrado ni por cuánto tiempo. También dice que desconocía que tuviera que tomar declaración a 29 procesados y decidir sobre prórrogas de prisión pendientes en la causa.

El Harrak tuvo que ser puesto en libertad el 10 de mayo, aunque con fuertes medidas cautelares, por orden de la jueza Palacios, debido a que habían transcurrido dos años desde su detención sin que el juez Del Olmo hubiese decretado la prórroga de la prisión provisional ni la fiscal encargada del caso, Olga Sánchez, lo hubiese pedido.

Medidas cautelares para El Harrak

Para paliar en la medida de lo posible esta situación, la jueza impuso que el procesado comparezca mañana y tarde en la comisaría más próxima a su domicilio, que no pueda abandonar España y que no se le permita salir de la Comunidad de Madrid. Además, la magistrada le retiró el pasaporte y ordenó a la Policía que le mantenga bajo vigilancia las 24 horas al día.

Teresa Palacios actuó en sustitución del instructor del sumario abierto sobre el 11-M, que se encontraba de baja médica por una operación.

Ese día, la fiscal Olga Sánchez intentó que se volviera a encarcelar a El Harrak presentando un recurso contra su puesta en libertad y pidiendo que se celebrara la vistilla que la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé para acordar medidas privativas de libertad.

Sin embargo, la jueza Palacios rechazó celebrar la citada vistilla alegando que, una vez puesto en libertad, El Harrak sólo puede ser encarcelado otra vez si aparecen nuevos indicios que le incriminen.

La excarcelación de El Harrak también ha dado lugar a la apertura de diligencias informativas por parte de la Fiscalía General del Estado para tratar de esclarecer por qué no se prorrogó su prisión preventiva.

Según la legislación vigente, la prisión provisional, es decir, el tiempo que una persona puede estar encarcelada antes de que se celebre juicio contra ella, es de dos años, prorrogables otros dos, lo que supone un máximo de cuatro años.

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