La Audiencia Nacional investigará el accidente del Yak-42
La investigación se centrará en la posible responsabilidad penal derivada del transporte que se usó y en la posible falsedad documental de los certificados de defunciones
La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se ha declarado hoy competente para investigar los hechos anteriores y posteriores al accidente del Yakolev-42, ocurrido en Turquía el 26 de mayo de 2003 y en el que fallecieron 62 militares españoles. Así lo ha acordado la Sala en un auto en el que estima los recursos de apelación interpuestos por la Asociación de Familias Afectadas por la Catástrofe del Accidente Aéreo Yak-42 y la asociación Politeya contra la decisión de la juez de la Audiencia Nacional Teresa Palacios de archivar las dos denuncias que presentaron en relación a estos hechos. La investigación se centrará en la posible responsabilidad penal derivada del transporte que se utilizó para el regreso a España de los militares y en la posible falsedad documental y prevaricación de los certificados de defunciones.
En la vista celebrada el pasado lunes para examinar las distintas alegaciones, el fiscal Pedro Rubira se adhirió también a los recursos de las dos acusaciones por orden expresa del fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, lo que supuso un cambio de criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional en relación a estos hechos, ya que hasta entonces había sido contraria a que este tribunal investigara las denuncias presentadas tras el accidente.
El tribunal precisa que la investigación debe ceñirse a determinar "la responsabilidad penal en que hayan podido incurrir determinadas personas de nacionalidad española antes y después" del siniestro "por supuesta dejación de sus obligaciones en el control de la contratación y modo de transporte de los militares españoles" y también a comprobar si las certificaciones de defunción emitidas por los generales de división médicos pudieran constituir delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación.
La investigación del siniestro, en Turquía
El auto señala que, "en principio, no cabe entrar a conocer cómo se produjo el accidente aéreo sufrido por el Yak-42", al haberse acreditado "por la documentación aportada por las partes" que este extremo ya está siendo investigando en Turquía, cuyas autoridades son competentes para ello "por el principio de territorialidad, dado el lugar de la colisión del aparato siniestrado, circunstancia que evita la eventual colisión de jurisdicciones entre dos estados". Los magistrados de la sección cuarta -Fernando Bermúdez de la Fuente (presidente y ponente de la resolución), Félix Alfonso Guevara y Carlos Ollero- destacan en el auto que no comparten "totalmente" el punto de vista de la juez para decretar el archivo de las denuncias porque, entre otros aspectos, se limitó "al examen de la competencia sin examinar si han acaecido o no las irregularidades".
En la resolución en la que se archivó la primera denuncia, el pasado 12 de noviembre, la juez sostenía que las irregularidades atribuidas a miembros del Ministerio de Defensa por los denunciantes tuvieron lugar, en todo caso, en territorio nacional, por lo que la investigación correspondería a otros órganos judiciales españoles distintos de la Audiencia Nacional. En primer lugar, el tribunal considera que la juez debía haber tenido en cuenta la posibilidad de que "algunos de los hechos denunciados pudieron tener lugar fuera del territorio nacional", según "se desprende de alguna de las irregularidades denunciadas" y de los documentos que acompañaban dicha denuncia, "ya que los ilícitos penales en el mecanismo de contratación del Yak-42 seguido por el Ministerio de Defensa se producen en territorio no español".
Además debía haber practicado una serie de diligencias para esclarecer si existe "conexidad en los delitos por omisión de la diligencia o vigilancia debida por parte de los denunciados miembros del Ministerio de Defensa español en la contratación, vigilancia y control del transporte de los militares españoles desde Afganistán a España, que podría atribuir el conocimiento a esta Audiencia Nacional al constituir el delito de comisión por omisión". En este sentido, la Sala ha apreciado que "las comunicaciones y el contrato de chárter entre las empresas subcontratadas se dan en territorio no nacional" y que "las irregularidades relativas al anormal funcionamiento del aparato siniestrado, así como las producidas después del accidente, como las de identificación de los cadáveres e irregular funcionamiento de la comisión de investigación, se produjeron igualmente fuera" de España.
Tales irregularidades "posiblemente derivaron de la ausencia o falta de seguimiento de la ejecución del contrato de transporte por parte de Defensa", lo que podría constituir un delito de comisión por omisión de los responsables de Defensa denunciados como garantes y, al haberse producido estas presuntas irregularidades en distintos lugares, cabe atribuir a la Audiencia la competencia para "instruir una causa de tal complejidad". Respecto a la denuncia contra los generales médicos Vicente C. Navarro Ruiz y José Antonio Beltrán Doña, quienes firmaron las certificaciones de identificación de los cadáveres en Turquía, el tribunal estima que procede investigar los hechos y depurar las responsabilidades en que hayan podido incurrir "ante el cúmulo de irregularidades denunciadas y documentación aportada".
Trillo recuerda la presunción de inocencia
El ex ministro de Defensa Federico Trillo ha declarado tras conocer la noticia "que todos tienen derecho a la presunción de inocencia". "Confío en que la Justicia establezca la verdad de una vez y acabe con tanto infundio y manipulacion de algunos responsables políticos, así como con la situación de indefensión que hasta ahora se ha soportado", ha añadido el diputado del PP. Para el portavoz socialista en la Comisión de Defensa del Congreso, Jesús Cuadrado, la Audiencia Nacional "está cumpliendo con su función" y el ex ministro "sencillamente desvaría".
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