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CATÁSTROFE ECOLÓGICA

El juez cita como imputados a tres cargos del Gobierno que decidieron alejar el 'Prestige'

La Justicia dice que la Xunta no ha respondido "a las cuestiones solicitadas" y le pide informes concretos

ELPAIS

El juzgado de Corcubión ha citado esta mañana para que declaren como imputados en el caso de la catástrofe del Prestige al delegado del Gobierno en Galicia, Arsenio Fernández de Mesa, al entonces capitán marítimo de A Coruña, Ángel del Real, y al director general de la Marina Mercante, José Luis Sors, que decidieron el alejamiento del petrolero el pasado 14 de noviembre. Según informa Francisco Mercado, el juez cita además como testigo a un directivo de Remolcanosa, propietaria del remolcador Ría de Vigo, para esclarecer las circunstancias del alejamiento.

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Estas imputaciones tienen su origen en la querella criminal presentada por Nunca Máis contra la empresa Mare Shipping Inc., propietaria del buque, contra la empresa Universe Maritiam Ltd., armadora; y contra Apostolos Ioannis Mangouras, el capitán del Prestige. La querella también incluye a otros miembros de la Administración que, constituidos en gabinete de crisis, decidieron el destino del petrolero desde el momento del siniestro.

Así, la querella se dirige contra Arsenio Fernández de Mesa, delegado del Gobierno en Galicia; contra Ángel de Real Abella, entonces capitán marítimo de A Coruña; y contra José Luis López Sors, director general de la Marina Mercante, "sin prejuicio de la responsabilidad de otras personas que puedan determinarse a lo largo de la instrucción".

"Unos y otros son responsables de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente tipificado en el artículo 325 del Código Penal, que sanciona a aquellos que, contraviniedo las leyes o otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoquen o realicen directa o indirectamente, entre otras conductas, vertidos a las aguas marítimas, que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales", advirte Nunca Máis.

Asimismo, la plataforma también considera que son responsables de la creación de un riesgo de deterioro "irreversible o catastrófico" de los ecosistemas afectados, circunstancia que agrava la responsabilidad por el delito (art. 326 CP), y de un "gravísimo daño" producido al Parque Nacional de las Illas Atlánticas y otros espacios naturales protegidos de riqueza y diversidad únicas, "resultado constitutivo de un delito específico contra los espacios naturales protegidos, recogido en el artículo 330 CP".

La plataforma indica que la responsabilidad de los titulares del buque y de su capitán se fundamentan en el conocimiento y autorización al transporte de una carga "altamente contaminante" en una embarcación que no reúne las condiciones mínimas de seguridad. "Quien es conocedor de esa posibilidad de daño por el riesgo que genera y, no obstante, lo asume, e este caso poniendo a navegar el buque con 77.000 toneladas de fuel, merece para la ley penal el máximo reproche".

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