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CONSEJO DE MINISTROS

El Gobierno recurre ante el Constitucional la Ley de Gestión de Aguas de Aragón

Según ha informado el Ministerio de Administraciones Públicas, la disposición de la ley autonómica, causa del recurso, establece en concreto que para la aprobación, modificación o revisión del PHN y de los Planes de Cuenca que conciernan a Aragón, deberá recabarse, con carácter previo, el preceptivo informe de dicho Instituto, que tiene como finalidad determinar su coherencia con la política del agua en dicha comunidad.

Esta exigencia de la Ley de las Cortes de Aragón excede, según el texto del acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros, del ámbito de las competencias de dicha Comunidad autónoma en materia de aguas, al tiempo -añade el texto aprobado- que menoscaba el que, con carácter exclusivo, corresponde al Estado sobre la planificación hidrológica recogida en el articulado de la Constitución.

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El texto aprobado hoy por el Consejo de Ministros ha sido elaborado de conformidad con los informes del Ministerio de Medio Ambiente y de la Dirección General de Política Autonómica del Ministerio de Administraciones Públicas.

La Ley de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua tiene por objeto regular el ejercicio de las competencias que sobre el agua y las obras hidráulicas tienen la comunidad y las entidades que integran la administración local de Aragón.

El Pleno de las Cortes de Aragón aprobó la Ley el pasado 17 de mayo con el apoyo de todos los grupos, excepto el PP, que advirtió que algunos de sus artículos y disposiciones, y específicamente la que ahora recurre el Gobierno ante el Tribunal Constitucional, vulneraban competencias de otras administraciones y rozaban la inconstitucionalidad.

El consejero aragonés de Medio Ambiente, Víctor Longás, afirmó durante el trámite de aprobación de la ley que ésta no allanaba ninguna competencia del Estado.

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