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TRIBUNALES

El juez desestima el recurso de la Fiscalía y ratifica el internamiento de las niñas de San Fernando

El Ministerio Público argumentaba que se ha superado el período máximo de seis para aplicar

La Fiscalía de Menores había presentado un recurso contra el auto del juez que ordenaba la prolongación hasta un máximo de cuatro años del internamiento voluntario de las dos condenadas.

En el recurso, el Ministerio Público solicitaba que ambas menores quedaran en libertad con la prohibición de ir a San Fernando argumentando que habían sobrepasado los seis meses de internamiento preventivo previstos en la Ley de Responsabilidad Penal del Menor. El juez responde recordándole que a finales de enero no se opuso a que reingresaran en un centro de menores, pese a que ya llevaban siete meses en la cárcel, según fuentes cercanas al caso.

Del Río argumenta en su escrito que, si bien la Ley del menor establece un plazo máximo de seis meses para las medidas cautelares, no contempla la decisión que se debe adoptar en el supuesto de que, transcurrido este tiempo y recurrida la sentencia, se proponga de nuevo el internamiento.

La Fiscalía ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Cádiz, donde se remitirá el caso la próxima semana.Dicho organismo judicial también debe resolver los recursos que han presentado contra la sentencia judicial por los abogados defensores de las niñas como por el abogado de la familia de Clara.

Ambos procesos se tramitarán por separado y podrían ser resueltos por tribunales distintos dentro de la Audiencia Provincial gaditana. La vista oral y pública sobre los recursos a la sentencia podría producirse a finales del próximo mes de mayo.

Luis Pérez Matallana, el abogado de Raquel C.T., ha avanzado que ayer le fue notificado el auto del juez de Menores que desestima el recurso de la Fiscalía. El abogado interpreta que el auto del juez de Menores argumenta el "interés" de las dos menores y hace una "aplicación supletoria" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que indica que se puede determinar un internamiento preventivo hasta la mitad del periodo de condena dictado en la sentencia.

Asimismo el auto del señala que el principio fundamental consagrado en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor es la protección del interés del menor y que tanto los abogados como los psicólogos, como las condenadas están de acuerdo en que deben recibir tratamiento.

Raquel se encuentra en un centro de Andalucía, del que no ha salido desde que finalizó el juicio, mientras que Iria -internada en Galicia- salió en libertad el 24 de marzo por orden judicial. Seis días después, Del Río emitió un auto en el que rectificaba su postura y decretaba de nuevo su reclusión. El abogado de la menor no ha querido aclarar la situación actual de su defendida.

Los hechos sucedieron poco antes de la medianoche del 26 de mayo de 2000 en un descampado de San Fernando llamado El Barrero, al que llevaron a Clara y le asestaron numerosas puñaladas, aunque su cuerpo no fue hallado hasta las diez de la mañana del 27 de mayo.

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