Estas son todas las ayudas para los afectados por la dana aprobadas por el Gobierno por 14.373 millones
El Consejo de Ministros aprueba 110 medidas adicionales, que suman 3.765 millones de euros a los dispuestos la semana pasada
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este martes el Real Decreto-ley 7/2024 por el que se adoptan 110 medidas urgentes por otros 3.765 millones de euros, que se suman a los 10.609 millones aprobados la semana pasada. En total, se han aprobado 14.373 millones para el despliegue de medidas extraordinarias para paliar los graves daños causados por la dana a las familias, empresas e instituciones locales de 75 municipios de la Comunidad Valenciana, dos de Castilla-La Mancha y uno de Andalucía. El presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, señaló ayer lunes, durante el anuncio de las medidas que este “escudo social” permitirá a unos 400.000 trabajadores mantener sus ingresos, a 30.000 empresas a reactivar su actividad y a 100.000 hogares a cubrir sus necesidades básicas.
El Gobierno agilizará las ayudas y ha aprobado un anticipo inmediato del 50% de estas ayudas a todos los ciudadanos que las soliciten, de modo que no tengan que esperar la tramitación de su expediente. Además, se ha anunciado la apertura de una red de oficinas temporales en los municipios afectados, de las cuales diez están operativas desde la mañana de este lunes. Para ampliar la capacidad de recepción y procesamiento de las solicitudes, también se ha decidido crear puntos de atención en las oficinas de Correos y ampliar provisionalmente las plantillas de las subdelegaciones del Gobierno.
Daños personales, viviendas y establecimientos.
En caso de fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente a causa de la reciente dana, el Gobierno indemnizará a las personas afectadas y sus familias con 72.000 euros. La cifra se otorgará por cada miembro fallecido de la unidad familiar, y podrá solicitarlo el cónyuge o similar, siempre que haya vivido con esa persona durante al menos los dos años previos al deceso; también los hijos o los padres, sin necesidad de exista una dependencia económica.
Las personas que hayan perdido sus casas o enseres podrán solicitar ayudas directas. Las cuantías máximas serán de hasta 60.480 euros por destrucción total de la vivienda habitual; 41.280 euros si los daños afectan a la estructura; 20.640 euros si no afectan la estructura,10.320 euros para enseres domésticos esenciales y 36.896 euros para elementos comunes de una comunidad de propietarios. Este lunes se ha anunciado una extensión de estas ayudas para los propietarios que no residían en estos inmuebles pero los tenían arrendados. Los inquilinos también podrán ser compensados por la pérdida de sus pertenencias y esta medida se hace extensible incluso para los bienes que no sean de primera necesidad.
Entre las medidas para cubrir la necesidad de alojamiento de los afectados, Pedro Sánchez, ha anunciado este lunes la inyección de 25 millones de euros destinados a la ampliación de la oferta de alojamiento para los damnificados, en colaboración con la Entidad Estatal de Suelo (Sepes). Asimismo, se han habilitado 150 viviendas de titularidad estatal situadas dentro o cerca de las zonas golpeadas por la gota fría, para ponerlas a disposición de los damnificados “de forma gratuita e inmediata”.
Respecto a los servicios, se ha decidido prohibir los cortes de energía eléctrica y gas a los hogares afectados, así como la posibilidad de aplazar las facturas. En este sentido, la modificación o suspensión temporal de los contratos de suministro no debe tener ningún coste adicional para el consumidor. Dicha moratoria y flexibilización de los contratos de suministro se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Por otro lado, se prevé una reducción del canon de regulación y la tarifa de utilización del agua del 50 % para los titulares cuyos aprovechamientos hayan experimentado una disminución de dotación superior al 25 % e inferior al 50 %, y del total para los que superen esa cifra. Además, las operadoras de telecomunicaciones y servicios están conminadas a compensar a sus clientes por los servicios que no han recibido durante la catástrofe, proporcional al tiempo que hubiera durado la interrupción.
La semana pasada se dispuso una suspensión del pago de créditos al consumo e hipotecas. Esta moratoria supone que particulares, autónomos y empresas podrán aplazar el pago tanto del capital como de los intereses hasta tres meses desde la entrada en vigor de la normativa. Después de ese tiempo, se dará una nueva prórroga de nueve meses más, durante los cuales no habrá que pagar el capital del préstamo, pero sí se seguirán cobrando los intereses que se generen. En adición, este lunes se ha aprobado la extensión del Código Hipotecario de Buenas Prácticas para que los hogares afectados que presenten riesgo de vulnerabilidad extiendan 12 meses más ese alivio hipotecario. Precisamente hasta noviembre del 2026.
Los establecimientos industriales, mercantiles y de servicios pueden recibir una subvención de hasta el 7% del valor de los daños indemnizables, con un tope de 36.896 euros. Se pueden beneficiar quienes tuvieran algún establecimiento de explotación o inmueble afectos a la actividad, declarados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los municipios afectados. Por su parte, las corporaciones locales podrán solicitar hasta el 100% del gasto asociado a aquellas actuaciones que se hayan llevado a cabo con el fin de garantizar la vida y seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
A propósito, el Gobierno ha aprobado este lunes una partida de 500 millones de euros para financiar un Plan de Acción contra el Lodo, destinado a retirar los restos acumulados y reparar las redes de agua de los municipios afectados. Además de un plan de 45 millones para la restauración de la Albufera y las cuencas fluviales que fueron afectadas por la inundación.
Medidas fiscales
Se ha aprobado este lunes una reducción del 25% de la tributación por módulos de los autónomos afectados por la dana. También se disminuye en un 25% las cuotas devengadas en el régimen simplificado de IVA. Estas ayudas llegarán a más beneficiarios dado que ya no hace falta que estos tengan su domicilio fiscal en los municipios dañados por la gota fría, sino basta que su actividad se haya visto perjudicada por la catástrofe. Asimismo, se permite excepcionalmente a los autónomos y empresarios renunciar a la tributación por módulos en 2024 habilitando que vuelvan a ese régimen de tributación en 2025 y 2026 si así lo prefieren.
Los afectados también estarán exentos de pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de 2024 y tendrán una reducción en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de ese mismo año. Los autónomos de las explotaciones agrarias en las zonas afectadas disfrutarán de una reducción en el IRPF e IVA aplicable a sus actividades. También se incluye en la norma aprobada este lunes la exención del IBI de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio 2024. En concreto, quedan exentas las cuotas que afecten a fincas, locales de trabajo y similares, de naturaleza rústica, de titularidad de agricultores y ganaderos que tengan pérdidas mayores al 40% de la producción.
Como se había supuesto la semana pasada, los damnificados tampoco deberán abonar tasas de Tráfico cuando haga falta dar de baja vehículos dañados o reponer sus carnets de conducir extraviados o afectados, algo que también se amplía a otros documentos personales como el DNI. También se declara la exención de determinadas tasas en materia de inmigración y extranjería, en las que figuren como sujetos pasivos las personas legitimadas para presentar las solicitudes de ayuda.
Las ayudas recibidas por daños personales estarán libres de IRPF, y se ha aplazado hasta 2025 el segundo pago del impuesto sobre la renta, cuyo plazo vencía el 5 de noviembre, beneficiando a unos 200.000 contribuyentes. Todas las ayudas serán inembargables y los municipios podrán destinar su superávit a inversiones necesarias para reparar los daños y que sean financieramente sostenibles. También podrán cubrir necesidades financieras específicas en 2024 y 2025 usando el Fondo de Financiación a Entidades Locales.
Seguridad Social y Trabajo
Este lunes se ha declarado la implementación permisos retribuidos y no recuperables que dan cobertura a la ausencia de personas trabajadores por causas excepcionales relacionadas con la dana, como ser: imposibilidad de acudir o acceder al centro de trabajo o de realizar la prestación laboral; labores de traslado, limpieza o acondicionamiento del domicilio habitual; desaparición o fallecimiento de de familiares, entre otros. A su vez, se promueve la modalidad de trabajo a distancia, de modo que se permita a las empresas y personas trabajadoras emplearlo salvo excepciones. La norma vela también por el mantenimiento del empleo, para lo que se prohíbe el despido de personas trabajadoras de las empresas que hagan uso de las ayudas directas o de los ERTE previstos con ocasión de la dana. De producirse el despido, se calificará como nulo y la empresa deberá devolver las ayudas recibidas
También se ha anunciado el Plan Mecuida que garantiza el derecho a la adaptación o la reducción de la jornada para la atención de deberes de cuidado protegiendo, de este modo, a todas las personas trabajadores que tengan que hacer frente a deberes de cuidado, incluidas las personas trabajadoras Empleadas de Hogar. Estas últimas podrán acogerse a las medidas de protección por causas relacionadas con la dana con una cobertura equivalente a la del resto de personas trabajadoras anunciadas esta semana y la anterior.
Además, el Gobierno ha dado a conocer que se destinarán 50 millones de euros con cargo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para la contratación de personas desempleadas en las zonas afectadas por la dana para acometer la reconstrucción de estos territorios.
La semana pasada se creó una nueva situación de incapacidad temporal (IT) cubierta con su respectiva prestación para quienes hayan desarrollado cualquier tipo de dolencias a causa de la dana. A diferencia de una baja laboral común, se cobrará desde el primer día de su reconocimiento y el porcentaje de la prestación se incrementa del 60% al 75% de la base reguladora del trabajador. A las pensiones de incapacidad permanente, de viudedad y orfandad generadas por efectos de estas inundaciones se les dará tratamiento de accidente de trabajo, por lo que tendrán una cuantía superior.
También se recuperó la prestación de cese de actividad extraordinaria para los trabajadores autónomos, ya utilizada en otros momentos de crisis como la pandemia. Esta prestación podrá ser por cese total o parcial de la actividad y la cuantía será del 70% de la base de cotización del autónomo que, además, quedará exento totalmente de pagar su cuota de cotización a la Seguridad Social. Para el cobro de esta ayuda no necesitarán acreditar fuerza mayor ni se exigirá período mínimo de cotización.
Las empresas y autónomos también tendrán la posibilidad de solicitar un aplazamiento o moratoria en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Se aplicará un interés del 0,5%, en lugar del que se indica en la Ley General de la Seguridad Social. Se concederá con una única resolución, sin importar cuántos meses se incluyan, y se pagará en cuotas mensuales, con un plazo de cuatro meses por cada mensualidad solicitada, sin superar un total de 16 meses. El primer pago se hará al mes siguiente de la resolución. Por último, al solicitar este aplazamiento, el deudor se considerará al día con sus pagos de Seguridad Social hasta que se resuelva la petición.
Asimismo, se ha dispuesto de modificación de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), –ya sean de suspensión total o de reducción de jornada, para empresas y trabajadores asalariados– que tengan su causa directa en los daños producidos por la dana o que hayan sufrido pérdidas de actividad indirectamente originadas por la misma. Para agilizar la tramitación los informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social serán potestativos (opcionales). Además, si la empresa afectada opta por un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (conocidos como ETOP), los trabajadores podrán beneficiarse de las mejoras implantadas para los de modalidad de fuerza mayor: no se les pedirá periodo de carencia en el reconocimiento de la prestación por desempleo; su disfrute no implicará el consumo de cotizaciones; y la cuantía de dicha prestación será del 70% de la base reguladora del empleado.
La semana pasada se incrementó del 15% para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y pensiones no contributivas. Este complemento se recibirá de oficio, sin que las personas tengan que hacer ningún trámite para ello; se cobrará en las nóminas de noviembre, diciembre y enero. Además se ampliaron los plazos para el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a periodos previos a la catástrofe natural, y se suspendieron los procedimientos de recaudación. En adición, este lunes se ha confirmado que aquellas familias que residen en las zonas afectadas y reciben la Ayuda Para la Infancia, obtendrán un incremento temporal de un 30%.
Más ayudas para tejido productivo
El Gobierno ha aprobado este lunes el primer tramo de la línea de avales por importe de 1.000 millones dirigida a facilitar financiación a hogares, autónomos y empresas para hacer frente a los daños, que será gestionado por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). A través de esta línea hogares, autónomos y empresas con necesidad inmediata de liquidez para hacer frente a los perjuicios sufridos por la catástrofe, podrán acceder antes al importe de las indemnizaciones, usándolas como garantía. Asimismo, los autónomos y pymes de las zonas afectadas por la DANA podrán acceder a financiación avalada para recuperar el tejido productivo y reactivar la economía de la región a plazos de hasta 10 años. El aval asciende al 80% del principal y de forma excepcional no tendrá ningún coste para las entidades financieras.
Además ha puesto en marcha una línea de ayudas directas de 200 millones para explotaciones agrarias que hayan sufrido daños que les impidan realizar la siguiente campaña con normalidad o que hayan sufrido pérdidas de su potencial productivo superiores al 40%. Además de una línea adicional de créditos ICO-MAPA-SEACA de 60 millones de euros para agricultores y ganaderos. También se ha diseñado un plan para reparar infraestructuras agrarias como caminos, bancales o sistemas de regadío por un valor de 175 millones de euros a cargo de la empresa Tragsa.
Las compañías con una facturación inferior al millón de euros recibirán una ayuda de 10.000 euros. Entre las empresas que registren un volumen de operación de entre uno y dos millones, la cifra será de 20.000 euros; de 40.000 euros si ha estado entre dos y seis millones; de 80.000 euros en el caso de un volumen entre seis y 10 millones de euros; y de 150.00 euros para las que tengan un nivel superior a los 10 millones. Los autónomos recibirán un importe único de 5.000 euros. Podrán recibir las subvenciones siempre que estuvieran registrados en el censo de empresarios, profesionales y retenedores al 28 de octubre de 2024, y mantengan su alta en dicho censo hasta el 30 de junio de 2025.
Se contempla la exención de las tasas de solicitud de marcas, nombres comerciales, patentes, modelos de utilidad y diseños para solicitantes afectados por la catástrofe, con el objetivo de facilitar la reconstrucción del tejido empresarial de la zona afectada
Finalmente, Pedro Sánchez también ha anunciado este lunes dos millones de euros en ayudas para las entidades culturales (cines, librerías, entre otros) que se han visto obligadas a cerrar sus puertas debido a los estragos de la gota fría. En este sentido, también se amplía el plazo de ejecución de las ayudas del Bono Cultural Joven 2023 en los municipios afectados, las tarjetas cuyo plazo finalice en 2024, serán válidas hasta el 31 de marzo de 2025.
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