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SENTENCIAS
Columna
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Parcialidad de la Abogacía del Estado

Las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a favor de los consumidores han puesto de manifiesto las diferencias con la justicia española

Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo.
Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo.EFE
Andreu Missé

Las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) son cada vez más relevantes para la elevación de los derechos de los europeos en general y muy especialmente para los españoles. Las resoluciones del tribunal europeo han obligado a modificar decisivas leyes españolas y la doctrina del Tribunal Supremo en materias tan relevantes como el derecho a la vivienda y el de los consumidores en general.

El sistema judicial establecido en Europa es muy dinámico. La necesidad de encontrar soluciones que sean válidas para 27 países con tradiciones jurídicas muy distintas exige una actualización y modernización continua del derecho de cada Estado miembro. Cuando un tribunal nacional tiene dudas sobre si la legislación de su país es compatible con la europea, pregunta al TJUE cuyas respuestas deberá aplicar obligatoriamente dada la primacía del derecho comunitario desde 1964 aceptada por todos los Estados.

Determinadas sentencias del TJUE han adquirido notoria relevancia en España como las relacionadas con las ejecuciones hipotecarias (desahucios) y las cláusulas suelo. Los juicios celebrados en Luxemburgo sobre estos asuntos han confrontado nítidamente los intereses de los bancos con los de los ciudadanos. Lo realmente sorprendente en estos juicios es el papel desempeñado por los Abogados del Estado, cuyos argumentos desarrollados en las Observaciones del Reino de España, sistemáticamente han coincidido con los intereses de los bancos. Para este cuerpo de élite de la administración defender al Estado significa defender a los bancos.

En 2013, el TJUE puso al descubierto en el caso Aziz que la legislación española en materia hipotecaria era contraria a la europea. La sentencia del tribunal europeo dejó constancia de que los argumentos de Caixa Catalunya eran los mismos que los del Reino de España.

Tres años después en el caso de las cláusulas suelo, el Tribunal de Justicia resolvió que no se podía limitar en el tiempo la restitución del dinero cobrado indebidamente por los bancos a los hipotecados. La resolución obligó al Supremo a rectificar su doctrina que había sentenciado en contra de la retroactividad total porque “generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico”. Riesgos que habían coincidido en señalar los bancos BBVA y Popular y la Abogacía del Estado.

Las mismas coincidencias se observaron en posteriores litigios. Ahora el asunto de las hipotecas con IRPH, un asunto que afecta a cientos de miles de hogares, ha ido por cuarta vez al TJUE. Una vez más el Abogado del Estado ha encontrado argumentos en contra de los consumidores que favorecen a los bancos.

Es inquietante que en todos estos casos la Comisión Europea se haya pronunciado con contundencia a favor de los consumidores, mientras la Abogacía del Estado lo hacía en sentido contrario. Es evidente que España tiene un problema grave con determinados juristas que frenan el desarrollo del país. Los inmovilistas deberían asumir que fuera de Europa no tienen futuro. Y este país es mayoritariamente europeísta.

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