Los controles sanitarios a los pasajeros desde países de fuera de la UE se eliminan desde este martes
Los viajeros no necesitarán presentar el formulario electrónico ni someterse a la toma de temperatura. Las aerolíneas pide que se acabe con mascarillas en los vuelos
Los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima no tendrán que presentar desde este martes el formulario de control sanitario que se les exigía para acceder al país como declaración responsable con información relativa al viaje, identificación personal, contacto y localización, datos epidemiológicos o con información del certificado de vacunación o prueba diagnóstica. Los viajeros también serán eximidos de los controles de temperatura y de de salud que actualmente se realizan en puertos y aeropuertos
Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes en una resolución de la Dirección General de Salud Pública relativa a los controles sanitarios en los puntos de entrada a España, confirmando la noticia adelantada por EL PAÍS. Estos requisitos solo están vigentes actualmente para países terceros fuera del espacio Schengen, puesto que desde el pasado 2 de junio se eliminaron para los viajeros procedentes de países de la UE, que podían entrar en España sin realizar ninguna inspección ni presentar documento alguno (test o certificado de vacunación).
Sanidad argumenta en su resolución que con el fin de favorecer la movilidad internacional, ya no se considera necesario mantener la utilización de la aplicación Spain Travel Health (SpTh) al quedar sin efecto el apartado octavo de la Resolución de 1 de abril de 2022 de la Dirección General de Salud Pública. Este exige a los pasajeros que utilicen la vía aérea la cumplimentación antes de la salida, como declaración responsable, del citado formulario de control sanitario a través de la aplicación o de la web. Tras la validación del documento, SpTH genera un código QR individualizado que el viajero debía presentar a la compañía de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios a la llegada a España cuando le fuera requerido, junto con los documentos que demuestren la veracidad de la información introducida en SpTH durante el proceso de obtención del código QR.
También queda sin efecto el apartado noveno de la resolución y, a partir de ahora, los buques de pasaje de tipo crucero que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial no tendrán que cumplir con las condiciones recogidas en el documento Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales elaborado por el Ministerio de Sanidad.
La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha aplaudido la medida adoptada por Sanidad pero considera necesario eliminar la obligatoriedad de las mascarillas dentro de los aviones para “alcanzar la normalidad” e igualarse al resto de países de la Unión Europea, donde todos los países han aprobado la supresión de la norma.
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