Marina d’Or reclama 400 millones a Marruecos por dos proyectos inmobiliarios fallidos
La compañía española solicita el arbitraje del CIADI por los incumplimientos de las autoridades marroquíes en dos nuevas ciudades
Comercializadora Mediterránea de Viviendas, la antigua Marina d’Or-Loger, ha presentado una solicitud de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) contra el Reino de Marruecos por una reclamación de más de 400 millones de euros por incumplir sus compromisos en dos complejos inmobiliarios.
Marina d’Or explica que en 2004 participó en la iniciativa lanzada por Marruecos para la descongestión de los núcleos urbanos superpoblados mediante la creación de ciudades satélite de nueva construcción. La compañía se involucró en la construcción de dos grandes complejos inmobiliarios, uno de ellos “Nueva Ciudad de Tamesna” a las afueras de Rabat, a la que el Estado marroquí dotaría de todos los equipamientos e infraestructuras necesarios para hacer posible la nueva ciudad, según señaló el bufete B. Cremades & Asociados, que defiende los intereses de la empresa española.
La inmobiliaria pensaba recuperar su inversión mediante la venta de los complejos inmobiliarios construidos, pero la “inacción del Gobierno marroquí para la dotación de los equipamientos e infraestructuras, unida a la modificación de la ordenación urbanística de la ciudad, han abocado a que aquella idílica nueva ciudad actualmente se reduzca a unos cuantos edificios aislados”, señala la nota.
Asimismo, la empresa había acordado con la administración pública marroquí la construcción de otro complejo inmobiliario denominado La Perla de Tánger, en la ciudad del mismo nombre, inversión igualmente concebida para su venta a terceros, financiándose la construcción mediante la venta de los nuevos inmuebles a los nuevos residentes. Pero durante la ejecución de este proyecto se produjo un bloqueo administrativo resultante de conflictos internos entre las autoridades marroquíes, reconocido por el propio Tribunal de Cuentas de aquel país en un informe especial de 2014. Todo ello ha acarreado la pérdida “irremediable y total de la inversión proyectada”, añaden los abogados.
La solicitud de arbitraje se fundamenta en las garantías de protección de inversiones establecidas en el Tratado Bilateral de Promoción y Protección de Inversiones suscrito entre España y Marruecos de 11 de diciembre de 1997, el cual incluye una cláusula de arbitraje internacional ante el CIADI. Gracias al sistema internacional de protección de inversiones, Marina d’Or tiene la posibilidad de acudir a un tribunal internacional de arbitraje para obtener una justa compensación por la pérdida de sus inversiones que, de otra manera, sería prácticamente inviable. El eventual laudo que dicte el tribunal arbitral es de obligado cumplimiento para el Reino de Marruecos.
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