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UGT demanda al Gobierno ante Europa por el bajo coste de los despidos en España

El sindicato considera que las indemnizaciones no “resarcen” al damnificado, lo que contradice la normativa comunitaria

Un camarero en un bar de Madrid.
Un camarero en un bar de Madrid.Europa Press
Gorka R. Pérez

El sindicato UGT ha denunciado al Gobierno ante el Comité Europeo de Derechos Sociales por entender que la normativa laboral española viola los principios legales comunitarios en materia de despidos, ya que en aquellos casos en los que se produce el final de la relación laboral por motivaciones ajenas al desempeño del trabajador las indemnizaciones que estos reciben no compensan el daño ocasionado, ni resultan disuasorias. La demanda se basa en que el escenario actual, donde el despido improcedente contempla una indemnización de 33 días por año trabajado, vulnera, según el sindicato, tanto el artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada, como los artículos 10 y 12 del convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo, a los que el Gobierno está suscrito.

“Los despidos que se producen en muchos casos no son adecuados, porque ni son resarcitorios, ni tienen el objetivo que debe tener cualquier despido, que es resultar disuasorio. Los despidos improcedentes o injustificados se producen con costes bajísimos, antigüedades cortísimas e indemnizaciones muy bajas”, ha denunciado Mariano Hoya, vicesecretario general de política sindical UGT.

El artículo 24 de la Carta Social Europea protege “el derecho de todos los trabajadores a no ser despedidos sin que existan razones válidas para ello relacionadas con sus aptitudes o su conducta, o basadas en las necesidades de funcionamiento de la empresa, del establecimiento o del servicio“; así como, “el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”. Los artículos 10 y 12 del Convenio 158 de la OIT señalan que, en el caso de que la terminación de la relación laboral sea injustificada, se deberá “ordenar el pago de una indemnización adecuada u otra reparación que se considere apropiada”.

Una vez presentada la demanda, y después de haber sido admitida a trámite, tal y como ha confirmado Fernando Luján, secretario confederal de UGT, el Gobierno deberá dar respuesta ahora a las alegaciones planteadas por el sindicato, aunque el plazo para obtener una resolución podría extenderse hasta los dos años. En el caso de que el Comité Europeo de Derechos Humanos diera la razón a UGT, la normativa española debería ser adaptada, y los tribunales de justicia, como sucede con cualquier otra materia, deberían fallar en esa misma dirección. Eso sí, solo para los despidos improcedentes que sucedan una vez el cambio normativo esté vigente.

“Queremos que el despido improcedente tenga un efecto disuasorio, que no se tomen decisiones injustas y caprichosas”, ha indicado Luján. “En España se le tiene mucho respecto a la figura del contrato, por ejemplo al de alquiler, pero muy poco al contrato de trabajo. Igual que si se produce el quebrantamiento de un contrato de alquiler, el que lo incumple tiene que resarcir al propietario, en el caso del contrato de trabajo ha de ocurrir lo mismo con el trabajador”, ha añadido.

Fuera de la reforma

La revisión de las indemnizaciones por despido no fue abordada dentro de la reforma laboral pactada por Gobierno, sindicatos y patronales en diciembre de 2021, lo que generó cierto malestar entre el colectivo de trabajadores. La reforma que llevó a cabo el Partido Popular en 2012 rebajó la cuantía de 45 días por año trabajado a 33, lo que generó un enorme malestar entre los sindicatos que desembocó en una huelga general. Con el movimiento anunciado este martes, fuentes presentes durante la negociación de la reforma laboral confirman que se pretende abordar un punto “muy importante y lesivo”, que se decidió dejar al margen del nuevo marco normativo en pos de que este obtuviera el visto bueno de los empresarios.

“En el acuerdo al que llegamos en diciembre del año pasado se produjo, por primera vez en la historia, un cambio de paradigma transcendental que no se había dado con las anteriores reformas laborales: se apostó por proteger el empleo indefinido, orillando el temporal, y recurriendo a figuras como los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que permiten encarar desde un enfoque distinto al de anteriores reformas las situaciones de dificultad”, ha remachado Luján.

El anuncio de la demanda contra el Gobierno por parte de UGT se ha producido antes de que diera comienzo la primera de las dos jornadas en las que el sindicato celebra su tercer Comité Confederal bajo el lema Hacia el nuevo Estatuto del siglo XXI.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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