Los sindicatos advierten sobre la “letra pequeña” del acuerdo parlamentario sobre los funcionarios interinos
La negociación en el Congreso retrasa unos meses la aprobación de las plazas y la futura redacción de la norma “preocupa” por la viabilidad jurídica de los cambios
La tramitación parlamentaria del decreto para la regularización de los empleados públicos temporales, con un acuerdo in extremis del PSOE con Unidas Podemos y ERC que evitó una derrota en el Congreso, modifica algunos de los puntos que el Gobierno había pactado con los sindicatos. Cambios sobre los que las centrales no sabían nada, según diversas fuentes sindicales consultadas. Estas insisten en pedir “mayor concreción” sobre los cambios que se pretenden, para garantizar la seguridad jurídica y la viabilidad de la futura norma. Tanto CSIF, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, como UGT y CC OO coinciden en que hay que esperar a la tramitación del decreto como proyecto de ley, el procedimiento que los socios parlamentarios del PSOE exigieron para modificarlo, para ver cómo queda el texto definitivo. Algo a lo que los sindicatos estarán muy atentos porque cualquier desliz jurídico en la redacción podría hacer descarrilar el proceso.
El primero de los cambios pactados en el Parlamento es el límite temporal para arrancar el procedimiento. El decreto refrendado este miércoles señala que las Administraciones Públicas deberán aprobar las plazas, el primer paso para la posterior convocatoria del proceso selectivo, antes del 31 de diciembre de este año. Pero esa fecha desaparecerá en la futura norma porque, según recoge el acuerdo, se fijará un plazo máximo de cuatro meses a partir de su entrada en vigor. A priori no es un contratiempo grande. Puesto que el procedimiento en el Congreso se acomete por la vía de urgencia, el propio acuerdo fija que el trámite empezará en septiembre y la nueva ley debe estar lista a mediados de octubre. De cumplirse ese plazo, las Administraciones ganarían mes y medio de margen y tendrían hasta mitad de febrero para aprobar las plazas.
La regularización, según los cálculos que hizo el Gobierno en su día, afectará a unos 310.000 trabajadores temporales del sector público. La mayoría son interinos, aunque también puede haber personal laboral con contrato temporal. De acuerdo con los últimos datos disponibles del Ministerio de Hacienda, el pasado enero España contaba con más de 622.000 interinos. El motivo de que el Ejecutivo rebaje la cifra de afectados a prácticamente la mitad se debe, según fuentes de CSIF, a la “letra pequeña” del decreto. Este no afecta a todas las plazas temporales, sino a aquellas que injustificadamente llevan más de 3 años sin convocatoria de oposición. Y también contempla otras excepciones.
En CC OO avisan de la dificultad de realizar este tipo de estimaciones, ya que finalmente son las Administraciones las que tendrán que ver puesto por puesto cuáles entran en los requisitos. En eso consiste precisamente la primera fase del proceso, la de aprobación de las plazas. Y el grueso de interinos, siempre según los datos de Hacienda, se concentra en las comunidades autónomas, que suman más de 530.000 ya que gestionan la sanidad y la educación, las dos grandes fuentes de empleo público. En el sindicato dirigido por Unai Sordo consideran, no obstante, que las cifras del Gobierno se quedan cortas y elevan la afectación a entre 450.000 y 530.000 empleados públicos. Este es el resultado de calcular, sobre el total de interinos que hay, el porcentaje de temporalidad al que España se ha comprometido. Según los planes remitidos a Bruselas, en diciembre 2024, cuando culmine la regularización, el sector público no podrá tener más de un 8% de temporales. Hoy ninguna comunidad autónoma tiene un porcentaje por debajo del 14%.
La modificación de plazos iniciales no es la única que trae el acuerdo parlamentario con respecto a lo que el Ejecutivo había pactado con los sindicatos en la Mesa General de Negociación de las Administraciones. ERC y Unidas Podemos exigieron dos cambios: que en los concursos-oposición la fase de examen no sea necesariamente eliminatoria y que los funcionarios con más de 10 años en un puesto sin convocatoria de plaza no tengan que pasar por la oposición. Ambas medidas han dejado un sabor de boca desigual en los sindicatos: la primera gusta; la segunda genera dudas sobre su encaje legal. En una entrevista con la Cadena Ser, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, aseguró este jueves que algunas de las medidas anunciadas ahora las habían barajado los sindicatos y el Ejecutivo las rechazó “alegando inconstitucionalidad”.
Oposición no eliminatoria
El decreto fija el marco general para acceder a los puestos públicos, tanto en la fase de méritos (el concurso) como en la de exámenes (la oposición). Esta segunda tiene que aprobarse para conseguir la plaza. Pero los socios del PSOE pidieron que en la tramitación parlamentaria se suprima ese requisito “pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición”. Héctor Adsuar, portavoz del Área Pública de CC OO, señala que su sindicato planteó una propuesta con base a lo que ya se hace en algunos procesos, donde la nota de corte no se fija en el aprobado, sino más abajo en función de las puntuaciones medias de los aspirantes. “Lo que parece que se plantea ahora es que no haya ninguna nota de corte”, asegura Adsuar, quien señala que habrá que esperar a ver la redacción del proyecto de ley para “ver la viabilidad jurídica”. Las citadas fuentes de CSIF tampoco ponen especiales reparos en este punto, que ven “positivo”. Si finalmente es cada Administración la que tendrá que decidir si en sus convocatorias la oposición es eliminatoria, recuerdan, los sindicatos estarán vigilantes en las negociaciones para intentar que no lo sea.
Más dudas suscita el otro gran cambio respecto al decreto original. Este es el de eliminar la oposición, accediendo al puesto solo por méritos, “para aquellos colectivos de trabajadores públicos que hayan ocupado plaza de forma ininterrumpida en los últimos 10 años y que no se haya publicado la correspondiente convocatoria pública”, según se recoge en el acuerdo parlamentario. En CSIF lo ven controvertido: “Pensamos que el criterio de los 10 años en este momento introduce más incertidumbre que certezas, queremos ver por escrito qué criterios se establecen porque esto es un anuncio a vuelapluma. Puede generar discriminación”, sostienen las fuentes del sindicato, que recuerdan que la doctrina del Tribunal Supremo es que el abuso de temporalidad se produce a partir de tres años.
Adsuar tampoco oculta cierta inquietud: “Lo que nos preocupa de cualquier modificación es que sin seguridad jurídica entras en un bucle de recursos al Tribunal Constitucional y ya no cumples el acuerdo porque se prolonga el proceso”. Una situación explosiva porque “la Administración es muy grande y hay muchas casuísticas”, lo que llevó a los sindicatos a pactar un texto muy medido con el ejecutivo. Los movimientos en el Parlamento les darán ahora más trabajo para garantizar que la regularización no descarrile: “Nos reuniremos con los grupos parlamentarios y estaremos en la comisión de seguimiento del acuerdo, cualquier modificación tiene que ser impecable”, concluye el portavoz de CC OO.
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