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Derechos humanos como utopía realista

La Declaración Universal cumple setenta años en pleno debate académico sobre si se conciben como un concepto moral, político o jurídico

Un grupo de inmigrantes reza a bordo del 'Aquarius'. ÓSCAR CORRAL
Un grupo de inmigrantes reza a bordo del 'Aquarius'. ÓSCAR CORRAL

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de Naciones Unidas, reunida en el Palacio Chaillot de París, aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos con una amplia mayoría de votos a favor, sin votos en contra y sólo con unas pocas abstenciones. Entre las personas que influyeron en aquella Declaración estaban René Cassin, Eleanor Roosevelt y Jacques Maritain.

Una idea que destaca de aquel texto es el reconocimiento de la igual dignidad de todos los seres humanos. Las implicaciones de la asunción de este ideal, en el contexto posterior a la II Guerra Mundial, buscaban ser un salto cualitativo, y sin retorno, en la incipiente dimensión universal de los derechos. Estos días se celebran setenta años de esa Declaración Universal y su valiente defensa de la dignidad humana, como ineludible fundamento moral, es un valioso referente. Este valor ha cristalizado en normativa internacional, en diversos principios constitucionales a nivel nacional y ha orientado numerosas luchas por la emancipación de diversas minorías.

Existe una discusión académica sobre si los derechos humanos se conciben como un concepto moral, político o jurídico. Lo cierto es que, en el origen, son un concepto en el ámbito moral pero es indiscutible que, con el paso del tiempo, la cultura de los derechos humanos se ha ido incorporado en los diversos textos constitucionales en forma de derechos fundamentales. En el ámbito político, los derechos humanos son actualmente utilizados para criticar y promover soluciones sobre las acciones de los gobiernos y actores políticos en los diferentes países.

Precisamente otra característica definitoria de los derechos humanos es su universalidad; éstos otorgan derechos a todas las personas sin ningún tipo de distinción. A veces esto ha recibido críticas por su occidentalismo. Sin embargo, fueron representantes de Estados pertenecientes a diversas culturas y civilizaciones los que negociaron y aprobaron el texto de la Declaración Universal. Y desde ese momento hasta ahora, ese texto se ha ido convirtiendo en la moralidad crítica de la Humanidad, en el horizonte de justicia donde calibrar las diversas aspiraciones de legitimidad o con la que condenar las flagrantes violaciones a sus principios.

Otro ideal inserto en la Declaración es el de la interdependencia de los derechos humanos. En este sentido, es significativo el art. 22 que reconoce como derecho humano el derecho a la seguridad social. Se establece, en el texto, un equilibro entre los derechos civiles y políticos, por un lado, y los derechos económicos sociales y culturales por otro. Y la convicción, expresada en el preámbulo, de que ambos tipos de derechos están intrínsecamente relacionados. Esta se materializó en la Conferencia Internacional de derechos humanos que se celebró en Viena en 1993, donde se aprobó una Declaración y Programa de acción, que abogan por la interrelación entre los diversos tipos de derechos y su indivisibilidad.

Entre las tensiones que acompañaron a la redacción del texto final de la Declaración Universal, estuvieron las propias de la división por bloques de países por la Guerra fría, lo cual tenía un trasfondo ideológico en la forma de concebir los derechos

Este es precisamente el tercer ideal al que alude la Declaración Universal: los derechos humanos son indivisibles. Entre las tensiones que acompañaron a la redacción del texto final de la Declaración Universal, estuvieron las propias de la división por bloques de países por la Guerra fría, lo cual tenía un trasfondo ideológico en la forma de concebir los derechos. El espíritu de esta Declaración Universal, y los textos aprobados en la Conferencia de Viena en 1993, son claros: los derechos no se trocean, no deben ser comprendidos de forma parcial o limitada, sino más bien como un conjunto.

Concebir los derechos humanos como una utopía realista, como propone Habermas, puede ser una forma de continuar considerándolos como una guía orientadora, como la brújula que indica la vía a seguir para encontrar la justicia. De esta forma, partiendo de cierto objetivismo moral –donde se sitúan los derechos humanos- y debido a lo insatisfactorio de cómo, a veces, se presenta la realidad, se imagina una sociedad diferente, más equitativa, y éste es el punto clave: es posible alcanzar esta sociedad. Luchar por el amplio reconocimiento y la eficacia de los derechos humanos, que sirven de motor de la emancipación para las personas, sin distinción, es un objetivo para conseguir sociedades cada vez más justas.

Una prueba del realismo o utopismo tras los derechos humanos ha sido la adopción del reciente Pacto Mundial sobre Migración Segura, Ordenada y Regular en la Cumbre internacional celebrada en Marrakech. Entre sus principios destacan el acceso a los servicios básicos para los inmigrantes y su empoderamiento para hacer realidad su total inclusión y cohesión social. También defiende contribuir al desarrollo sostenible en los países de origen. Por otro lado, se busca reforzar la cooperación internacional para una migración segura, ordenada y regular.

Este Pacto Mundial sobre Migración puede ser visto como un desarrollo que Naciones Unidas realiza de la Declaración Universal de Derechos Humanos, casi como un homenaje por su 70 aniversario, ya que en aquel tiempo se afirmó que los derechos humanos se debían aplicar a todos los seres humanos sin distinción por “su origen nacional”. Hoy siguen resonando estas palabras para concebir los derechos humanos como una utopía realista.

* Oscar Pérez de la Fuente es Profesor de Filosofía del Derecho y Filosofía Política en la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad Carlos III de Madrid

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