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El juez archiva una pieza del ‘caso Rato’ porque han prescrito esos delitos

La parte archivada tenía que ver con pagos que recibió el exministro por pronunciar conferencias

Rodrigo Rato, a la entrada del juicio de las 'tarjetas black'.
Rodrigo Rato, a la entrada del juicio de las 'tarjetas black'.EFE

El juez de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, ha archivado la pieza del caso Rato que investigaba al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por la facturación de sus colaboraciones con Bureau Consulting de Conferenciantes (BCC). El juez considera que el presunto delito fiscal investigado, que data de 2009, ha prescrito. El llamado caso Rato es la causa que investiga las presuntas irregularidades fiscales derivadas de los negocios particulares del ex político del PP.

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De este modo, el magistrado asume el criterio de la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado octubre ya anuló la pieza sobre COR Comunicación, sociedad propiedad de Rato, por el mismo motivo, tras comprobar que el plazo para requerir cualquier tipo de responsabilidad expiró el 30 de junio de 2015.

En este sentido, explica que si bien la "denuncia temprana" presentada por la ONIF, Oficina Antifraude dependiente de Hacienda, a la Fiscalía de Madrid en abril de ese año apuntaba a la colaboración con BCC como un "riesgo", no llegó a cuantificar las cantidades supuestamente defraudadas entre 2008 y 2011. Por este hecho, añade el auto, estas irregularidades no fueron consideradas hasta el pasado 10 de junio, cuando la ONIF, en su sexto informe de avance, cifró el fraude del 2009 en 138.090 euros, en tanto que las cantidades evadidas en el resto de ejercicios no alcanzarían el mínimo establecido por el Código Penal.

La operación reportada investigaba entonces la colaboración de Rato con BCC, empresa de la que recibió un total de 1,66 millones de euros y a la que facturaba por las conferencias impartidas entre 2007 y 2014 a través de la mercantil Arada. Entre otros argumentos, la Audiencia Provincial consideró "fundamental" a la hora de decretar el archivo de la causa el hecho de que Rato no llegara a prestar declaración. Ahora el juez explica que esta diligencia "no podía practicarse hasta que la ONIF no determinara la cuantía, algo que se hizo casi un año después de su prescripción".

No obstante, destaca que la sala no consideró la complejidad de la causa, a punto de celebrar su segundo año de instrucción, ni la relación con otras infracciones tributarias que pudiera haber cometido el exministro a través de sus múltiples empresas y actividades profesionales.

Según Hacienda, Rato habría cometido hasta nueve delitos de fraude fiscal entre los ejercicios 2008 y 2014 con su "sociedad opaca" Kradonara 2001, considerada epicentro de su red empresarial.

Sin embargo, Rato presentó el pasado mes de marzo una pericial que argumentaba que la denuncia inicial era falsa y contenía afirmaciones erróneas, pese a estar en poder de la Agencia Tributaria las pruebas que lo demostraban.

A la espera de que la ONIF presente su informe final, algo que no ha sucedido 18 meses después de la detención de Rato y a pesar de que el juez lo ha solicitado hasta en dos ocasiones, el fisco también ha apuntado a Arada por los pagos efectuados a través de dicha sociedad por el banco turco Akbank, en el que Rato prestó sus servicios profesionales de marzo de 2010 a junio de 2014.

En total, unos 120.000 dólares (alrededor de 109.000 euros) que, según Hacienda, no fueron declarados, y aunque matiza que si bien dichas cantidades no son constitutivas de delito, "deberán tenerse en cuenta para la liquidación de cada periodo".

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