Deloitte ni informó ni provisionó en sus cuentas la sanción del ICAC por 12,3 millones
El informe de 2015 no informa ni provisiona la multa de Economía y su auditor lo aceptó
Las cuentas financieras correspondientes a 31 de mayo de 2015 que la empresa auditora Deloitte S.L. depositó en el Registro Mercantil no contiene ninguna información ni provisión para cubrir la sanción de 12,3 millones de euros resuelta por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía, en septiembre de 2014 por dos faltas muy graves y una grave en la auditoría de Bankia. Tanto el Código de Comercio como el Plan General Contable obligan a provisionar o informar sobre obligaciones contingentes. Tampoco la empresa Lillo, Auditores Asociados, que supervisa a Deloitte, dejó constancia de esa obligación contingente a través de una salvedad.
El director de comunicación de Deloitte, Antonio Belmonte, consultado por la ausencia de información o provisión en las cuentas financieras a 31 de mayo de 2015, explicó a EL PAÍS que “la multa resuelta por el ICAC no es firme y cuando adquiera firmeza, si el ministro de Economía así lo resuelve, la empresa recurrirá la sanción por la vía contencioso-administrativa, lo que paraliza el pago de la multa”. Belmonte añadió que otra de las razones por las cuales no se ha informado en las cuentas es el seguro. “Deloitte tiene un seguro que cubre esta y otras contingencias eventuales”, apuntó.
Deloitte computa su ejercicio fiscal a 31 de mayo de cada año. Es decir: cierra sus cuentas anuales el último día del mes de mayo. Una vez aprobadas por sus socios estas cuentas se envían al Registro Mercantil.
Según el Código de Comercio, las empresas debe seguir el “principio de prudencia valorativa”, lo que se entiende como una norma para contabilizar los beneficios realizados y apuntar todos los riesgos.
A su vez, el Plan General de Contabilidad obliga a reconocer como pérdidas las contingencias que pudieran resultar de obligaciones que sean indeterminadas bien por su importe y su fecha de pago. En caso de que se desconozca su importe y fecha de pago, se debe describir en la memoria. Es decir: avisar.
Deloitte auditó las cuentas de Bankia y su matriz, el Banco Financiero y Ahorro (BFA), a 31 de marzo y 30 de junio de 2011. Son las cuentas con las que la entidad financiera salió a Bolsa en julio de 2011.
Una falta muy grave y dos graves
En septiembre de 2014, el ICAC consideró que la actuación de Deloitte merecía ser sancionada con 12,3 millones de euros por una falta muy grave y dos faltas graves. La auditora, según el ICAC, había incumplido en su independencia y no había hecho los trabajos de comprobación de las valoraciones de activos y pasivos transferidos desde las cajas de ahorro a Bankia, una tarea realizada en su día por otra compañía, Afi (Analistas Financieros Internacionales).
Las cuentas de Deloitte a 31 de mayo de 2015 registran un patrimonio neto de 4,5 millones de euros y sus resultados ascienden a 13,3 millones, cantidad que se distribuye, en su práctica totalidad, como dividendos entre sus socios. Si se hubiese provisionado los 12,3 millones de la multa del ICAC, los beneficios se reducirían a 1 millón de euros.
En un escrito al juzgado central de instrucción número 4 el socio auditor Francisco Celma recuerda que Deloitte presentó un recurso de alzada el 17 de octubre de 2014 contra la sanción del ICAC para que resuelva el ministro de Economía, Luis de Guindos.
Celma exhibió su perplejidad, durante su comparecencia ante el juez Fernando Andreu, el pasado 20 de junio, en relación a que un recurso de alzada tarda una media de tres meses en ser resuelto cuando en este caso ya han pasado 21 meses.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, tras conocer la declaración de Celma en sede judicial, filtró a un medio de comunicación su respuesta: la sanción será confirmada. El ministro apuntó que el silencio administrativo era suficiente para entender que respaldaba al ICAC. Fuentes consultadas en el Ministerio de Economía señalan que, incluso, la comunicación de la sanción será enviada al juzgado central de instrucción número 4.
Según las normas vigentes, la existencia de un recurso, como suele ocurrir con la disconformidad ante un acta de inspección de Hacienda, no exime de informar y/o provisionar en las cuentas anuales.
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