El supervisor ataja la guerra de créditos baratos “por ser una trampa”
El Banco de España también cambia el sistema de provisiones "para que reflejen mejor la situación real del mercado"
Algunos altos directivos del sector se han quejado estos días de que algunos bancos conceden créditos por debajo de coste. El Banco de España ha tomado cartas en el asunto y ha endurecido las normas contables para los que presten sin cubrir los riesgos, porque cree que eso afecta a la solvencia. Fuentes del supervisor consideran que este tipo de préstamos baratos “no es una forma de competir, es hacer trampas, es dumping”. Además, el Banco de España ha cambiado el calendario de provisiones y será posible que los propios bancos creen sus sistemas internos “si son eficaces y certeros”.
El Banco de España ha aprobado la modificación de la circular contable de las entidades de crédito, para actualizar el anejo IX de la norma, que se redactó en 2004. Esto supone que se cambia el método de cálculo de las provisiones "para que se adapten más a la experiencia real de lo que ocurre ahora con los créditos bancarios. Hemos analizado la Central de Riesgos", donde se reflejan los impagos de las empresas, "para conocer la experiencia del mercado y del sector", según fuentes del supervisor.
El Banco de España no cree que esta regulación suponga elevar las provisiones generales del sector, pero sí admitió que algunas entidades tendrán que elevar las provisiones por la reclasificación. "Ninguna entidad de las consideradas significativas tendrá problemas por la aplicación de esta norma", apuntaron desde el Banco de España, tras reconocer que en otros bancos más pequeños tendrán un impacto mayor.
También se hacen los cambios para adaptar las normas contables españolas a las internacionales, conocidas como NIIF, incluso para homogeneizar el concepto de morosidad con el que manejan el Banco Central Europeo (BCE) y la Autoridad Bancaria Europea (EBA). Esta situación podría elevar "ligeramente el ratio de morosidad" general de los bancos españoles, pero no en una cuantía relevante, sostienen en el Banco de España.
La norma, que estará vigente a partir del 1 de octubre, ataca el vidrioso asunto de los créditos concedidos por debajo de coste. En épocas de bajo volumen de negocio y casi nulos tipos de interés, algunas entidades buscan elevar el número de operaciones casi a cualquier precio, sobre todo en pymes y crédito al consumo. Lo expresó con claridad José Sevilla, consejero delegado de Bankia, que afirmó que era relevante el número de bancos que estaban prestando por debajo de coste.
"No queremos acabar con la competencia"
El supervisor ha establecido que la banca, a partir de ahora, tendrá que reconocer el valor razonable del préstamo. Si el precio al que se concede está por debajo de algún activo de referencia, como deuda pública, u otros créditos concedidos a clientes similares o en el mismo sector de la economía, tendrá que plantearse aplicar una prima de riesgo. No es algo obligatorio ni automático, pero el Banco de España ha dejado claro que serán operaciones de especial seguimiento. Además, si estos créditos ultrabajos entran en morosidad las provisiones que tendrán que hacer serán más elevadas que en los préstamos normales.
"Operaciones concedidas por debajo de su coste son un indicio de que deben ser objeto de revisión y seguimiento especial", han indicado fuentes del Banco de España. "Ahora las pymes tienen una oferta amplia de crédito y a precios que están bajando. No queremos cambiar esta situación, sino que sea transparente y que no se haga dumping, es decir, tirar los precios por debajo de coste con el objetivo de ganar cuota de mercado para luego subirlos más adelante", apuntaron en el supervisor.
Estas fuentes insistieron en que el nuevo reglamento no quiere "ni parar el ritmo de concesión de créditos ni acabar con la competencia entre entidades. Nos encanta que lo hagan, pero los responsables deben ser conscientes del coste real de los créditos", según fuentes del organismo que dirige Luis Linde. También dijeron que esta situación "no se traducirá necesariamente en una subida del coste del crédito para los clientes", algo que discuten algunos directivos consultados que piden el anonimato.
El Banco de España ha cambiado el calendario de provisiones y será posible que los propios bancos creen sus sistemas internos “si se demuestra que son eficaces y certeros”. En caso contrario, es decir, si los bancos aplican un calendario establecido por el supervisor, la nueva ley es más dura con los créditos al consumo y pymes “en los primeros meses que entran en morosidad, pero luego el calendario de exigencia de provisiones se va atenuando”. Así, en los primeros tres a seis meses de impago, la provisión necesaria ahora para una pyme es del 25%, que pasará al 40%. En el caso del consumo pasa del 25% de exigencia actual al 60% de provisión futura. Sin embargo, antes había que dotarlos al 100% en un año de impago y ahora se prolonga hasta los 21 meses.
Nueva clasificación de morosos
La nueva norma tendrá un sistema de clasificación de las operaciones en función del riesgo de crédito que van desde "normal", cuando esté al corriente de pago; "normal en vigilancia especial", cuando existen indicios de que puede haber problemas con el cliente; "dudoso subjetivo", en los casos que exista algún importe vencido, intereses o gastos pactados, "con más de 90 días de antigüedad, salvo que proceda clasificarlos como fallidos", según el texto de la norma publicada en el Boletín Oficial del Estado.
La siguiente categoría es "dudoso moroso", cuando "se presenten dudas razonables sobre su reembolso total (principal e intereses) en los términos pactados, por razón de la morosidad del titular cuya recuperación sea dudosa". Por último, están los fallidos, que incluyen los créditos que "se consideren de remota recuperación por un deterioro notorio o irrecuperable de la solvencia de la operación o del titular. La clasificación en esta categoría llevará aparejado el saneamiento íntegro del importe en libros bruto de la operación y su baja total del activo".
El supervisor español ha terminado con una clasificación histórica, la denominada "subestándar", que agrupa los riesgos que podían entrar en mora, pero no lo había hecho todavía. En su lugar está la de "en vigilancia especial".
El objetivo es contar con procedimientos "sólidos y que sean razonablemente homogéneos y comparables entre las entidades". Por tanto, según el Banco de España el objetivo es definir un sistema "más estrecho, aunque no menos flexible", que tendrá que adaptarse a un nuevo cambio en el año 2018 por el concepto de pérdida esperada. Desde la patronal de las antiguas cajas de ahorros, CECA, se criticó que "la futura normativa europea (NIIF 9) que entrará en vigor en 2018 requerirá en un corto espacio de tiempo la adaptación de los modelos, pues habrá que pasar de un enfoque de pérdidas históricas o incurridas, a uno de carácter prospectivo (pérdida esperada). Por ello, quizá hubiera sido deseable esperar al cambio de la normativa internacional". Por último, las entidades financieras podrán contar con metodologías internas si tienen sistemas históricos de comportamiento de los créditos o con soluciones alternativas, es decir, calendarios de provisiones fijados por el supervisor. El organismo regulador quiere también dejar claro que esta norma "no es un carta blanca para construir modelos arbitrarios o sesgados". La intención es servir de guía para llevar a cabo un diseño "neutral" y que pueda ser fácilmente analizado por el Banco de España. Si las metodologías internas de las entidades no son eficaces y no cumplen los requisitos fijados, el Banco de España propondrá correcciones o se pasará al calendario oficial.
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