Aerocas deberá pagar 120 millones por las obras del aeropuerto de Castellón
La sociedad pública Aerocas, participada mayoritariamente por la Generalitat valenciana, deberá abonar 120 millones a la empresa Concesiones Aeroportuarias por la obra ya ejecutada en el aeropuerto de Castellón, según una sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.
El juez estima además la demanda reconvencional de Aerocas contra Concesiones Aeroportuarias y declara resuelto el contrato para la creación del aeropuerto, mientras que desestima la demanda de la concesionaria contra Aerocas por incumplimiento de contrato para la construcción del aeródromo castellonense, inaugurado hace dos años y medio y aún sin tráfico aéreo.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Castellón, que llega tras la celebración el pasado 18 de junio del juicio por esa demanda, explica que Aerocas suscribió con Concesiones Aeroportuarias (Conaer) el contrato para la construcción y explotación del aeropuerto de Castellón en diciembre de 2003.
Conaer se comprometió entonces a ejecutar la obra a cambio de la explotación de las instalaciones aeroportuarias durante 47 años.
El proyecto era, como asegura la sentencia, "sumamente complejo", lo que, "junto al desembolso que debía realizar la Generalitat", hizo que se retrasara de forma considerable.
Sin embargo, estos retrasos fueron "asumidos por ambas partes" y Conaer continuó realizando trabajos después de una primera recepción provisional de las obras.
Fue entonces cuando Conaer decidió que el proyecto no era "interesante económicamente" y debido a la situación económica de crisis y a la dificultad para acceder a la financiación, ambas partes decidieron "reequilibrar" el contrato y firmar una novación el 23 de marzo de 2011, dos días antes de la inauguración oficial del aeropuerto a cargo de los entonces presidentes de la Generalitat, Francisco Camps, y de la Diputación, Carlos Fabra.
Sin embargo, Conaer, a juicio del juez, pretendía que la Generalitat "asumiera unos compromisos económicos excesivos alejados de lo indicado en la novación, máxime considerando la situación económica de la Administración".
Conaer afirmó entonces no estar dispuesta a asumir la explotación y Aerocas "había perdido toda confianza en la adjudicataria"; esto suponía para el juez que Aerocas estuviera legitimada "para resolver el contrato".
El juez asegura que ambas partes estuvieron entonces "conformes con la resolución del contrato", aunque discrepaban en las consecuencias de la misma.
Por ello, el juez estima la demanda de Aerocas y da definitivamente por resuelto el contrato, y esto conlleva que, una vez liquidada la relación contractual entre ambos, la Generalitat deba asumir el coste de las obras finalizadas.
En el auto se considera que la resolución del contrato por parte de Aerocas en diciembre de 2011 ha de tener "efectos liquidatorios", por lo que la empresa pública de la Generalitat deberá "abonar la obra efectivamente ejecutada".
Para el juez, no se puede pretender la resolución del contrato y que, al mismo tiempo, durante 47 años, una de las partes deba cumplir obligaciones mediante un pago "en diferido" de los costes de la obra, tal y como pretendía Aerocas.
Por ello condena a esta a abonar a Concesiones Aeroportuarias un total de 120,87 millones de euros más el IVA que se abonará en el momento de la liquidación de las cantidades, que se corresponden con los costes de la obra (111 millones) más cantidades correspondientes por sobrecostes y obras adicionales realizadas por Conaer con posterioridad a la ruptura del contrato.
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