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CRISIS DESAHUCIOS

Los desahucios, la cara más dramática de la crisis económica en Europa

En la imagen, Juan y Engracia, agradecen su apoyo a las decenas de personas convocadas hoy por la plataforma de Afectados por las Hipotecas concentradas en la puerta de su domicilio.
En la imagen, Juan y Engracia, agradecen su apoyo a las decenas de personas convocadas hoy por la plataforma de Afectados por las Hipotecas concentradas en la puerta de su domicilio.EFE

En España, donde en menos de 20 días dos personas se han suicidado cuando iban a ser desalojadas de su vivienda, el Gobierno y el opositor Partido Socialista abren hoy la negociación para una reforma legal que permita frenar los desahucios por impago de hipoteca.

Desde el inicio de la crisis, los desahucios han afectado ya a unas 400.000 familias en España, entre ellas inmigrantes latinoamericanos.

La actual legislación española establece que en el caso de que una persona no pueda pagar las cuotas de la hipoteca, el banco o la entidad financiera prestataria puede embargar la vivienda y seguir exigiendo el pago de la deuda hasta que se salde la misma, con lo que la dación no está contemplada en la ley.

La Asociación Española de Banca (AEB) anunció hoy el compromiso de sus asociados de paralizar los desahucios durante los dos próximos años "en aquellos casos en que concurran circunstancias de extrema necesidad", decisión a la que se sumaron las cajas de ahorro.

La ejecución forzosa de hipotecas no está regulada a escala europea y es, por tanto, competencia de los Estados miembros.

Sin embargo, dicha regulación procesal nacional no puede conducir a que se obstaculice la invocación de los derechos garantizados al consumidor por la Directiva 93/13 sobre cláusulas contractuales abusivas, según un dictamen publicado recientemente por la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Juliane Kokott.

En Estados Unidos, sí existe la dación en pago pero la legislación varía según los estados y hay muchas excepciones a la regla.

Hasta 2009, la legislación griega sobre desahucios por impago hipotecario era similar a la española, sin que existiera la posibilidad de la dación en pago.

Sin embargo, el Gobierno socialdemócrata de Yorgos Papandreu aprobó una moratoria, vigente hasta 2013, que impide a los bancos expulsar por impago de la hipoteca a los inquilinos de una casa si es su primera residencia y es menor de 200 metros cuadrados.

La dación en pago tampoco está contemplada en Portugal, donde más de 150.000 familias se encuentran en situación de impago de sus créditos hipotecarios y los bancos han anunciado en sus resultados de este año fuertes dotaciones para créditos en atraso y renegociación con los beneficiarios.

El Gobierno luso anunció este año medidas para facilitar que los propietarios en impago puedan renegociar su deuda y habitar el inmueble mediante el pago de una renta.

En Italia, el sistema jurídico en cuanto a las hipotecas es el mismo que en España, pero un decreto-ley de 2008 suspendió los desahucios a las familias que tuvieron unos ingresos de 27.000 euros al año o menos.

No obstante, los italianos no se han hipotecado tanto como en España porque en Italia no se ha registrado el mismo "boom inmobiliario" y porque los bancos no han concedido los créditos con tanta facilidad como los españoles, refieren los expertos.

Los desahucios son inusuales en Francia, donde suelen concederse préstamos inmobiliarios, y no hipotecarios, con lo que el inmueble no respalda el préstamo, sino que el prestatario paga un seguro al Estado para que este se haga cargo de las letras en ciertos casos, como la pérdida del empleo.

Además, en caso de perder la capacidad de pago, el afectado puede recurrir al Banco de Francia, que actuará como intermediario entre éste y sus acreedores, proponiendo un pago escalonado, una reducción de las tasas de interés o sugiriendo la venta de la vivienda en el plazo de un año.

En Alemania, cuando una persona no puede seguir cumpliendo con las cuotas de una hipoteca el banco procede a cancelar el crédito y a exigir de forma inmediata la devolución total del mismo.

El embargo puede evitarse o al menos aplazarse si el deudor se compromete a pagar la deuda en el plazo de seis meses. El último recurso es proceder a una subasta pública de la propiedad hipotecada.

El proceso para desalojar a una persona de su vivienda porque no ha podido pagar su hipoteca en el Reino Unido puede ser largo y plagado de recursos judiciales por ambas partes, tanto de la entidad hipotecaria que concedió el crédito como del propietario.

La entidad de crédito está obligada a vender la vivienda al mejor precio, pero si la venta no llega a cubrir los fondos que debe recaudar, entonces pasará la diferencia de la deuda al que debe la hipoteca. Si la persona no puede pagar lo que debe, siempre puede declararse en "bancarrota".

En Irlanda, la mayoría de los desalojos de viviendas de hipotecados con problemas de deudas se producen de manera voluntaria, según datos del Banco Central Irlandés (ICB).

A día de hoy, el banco y el hipotecado abordan esta cuestión a través del llamado Proceso de Resolución de Deuda Hipotecaria (MARP, sus siglas en inglés), diseñado por ICB y que en muchas ocasiones resulta en la reestructuración de la deuda o en la dación de la vivienda para evitar un largo proceso judicial de desahucio.

En Holanda, al cabo de cuatro meses de falta de pago de la hipoteca, el banco se pone en contacto con la persona que ha firmado el crédito y, si hay perspectiva de que la situación financiera del propietario mejore, se suele acordar una medida de "transición de pago" en la que se rebaja temporalmente la renta.

En los casos extremos, el mismo propietario pone la casa en venta o, si no, es el banco quien la subasta, un método a través del cual se considera zanjada la deuda.

En Estados Unidos lo normal es que la entrega de la vivienda sirva como pago total de la hipoteca cuando el propietario no la puede pagar. No obstante, pese a que existe la dación en pago, la legislación varía según los estados y hay muchas excepciones a la regla.

En algunos casos, si la reventa o subasta de la vivienda no cubre la deuda acumulada se procede a embargar otras propiedades del deudor. Además, el deudor puede entrar a formar parte de una "lista de morosos" que le hará casi imposible durante años el acceso a cualquier tipo de crédito.

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