El Gobieno dará más facilidades para ‘catastrazos’ de los Ayuntamientos
La ley que acompaña a los presupuestos flexibiliza la actualización de valores
El Gobierno ha decidido dotar de una mayor flexibilidad a la actualización de los valores catastrales de los inmuebles a través de los Presupuestos Generales del Estado. El proyecto de ley de medidas tributarias que acompaña al proyecto de Presupuestos aprobado ayer incluye una modificación de la normativa por la cual se actualiza el catastro.
Hasta ahora, las leyes de Presupuestos Generales del Estado podían actualizar los valores catastrales por aplicación de coeficientes, que podían ser diferentes para cada clase de inmuebles, y también podían fijar coeficientes de actualización por grupos de municipios, que se determinan en función de su dinámica inmobiliaria.
Ahora, se modifica el artículo 32 de la ley del catastro y se incluye un nuevo segundo apartado según el cual las leyes de presupuestos podrán actualizar los valores catastrales de los inmuebles urbanos de un mismo municipio por aplicación de coeficientes en función del año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores del municipio.
Los ayuntamientos podrán solicitar la aplicación de esos coeficientes cuando hayan transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general y además se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, siempre que afecten de modo homogéneo al conjunto de usos, polígonos, áreas o zonas existentes en el municipio.
Los Ayuntamientos deben comunicar la solicitud de la aplicación de los coeficientes a la Dirección General del Catastro antes del 31 de enero del ejercicio anterior a aquel para el que se solicita la aplicación de los coeficientes. excepcionalmente, para solicitar la revisión de cara al año 2014, el plazo durará hasta el 1 de marzo de 2013.
El ministro de Hacienda tendrá que ver si se cumplen esos requisitos y establecerá mediante una orden ministerial antes del 30 de septiembre de cada año la lista de los municipios en los que resultarán aplicables los coeficientes.
Además de esa flexibilización en las valoraciones, el Gobierno también propone modificar la regulación de las inspecciones catastrales, al añadir un tercer apartado en el artículo 20 de la ley del catastro. Según la nueva norma, en los supuestos en que se cuente con datos suficientes y no existan terceros afectados por el procedimiento de inspección, este podrá iniciarse directamente con la notificación del acta de inspección, en la que se incluirá la propuesta de regularización de la descripción el inmueble. Los interesados podrán presentar alegaciones durante 15 días. Si no lo hacen, la propuesta se convertirá en definitiva y se cerrará el expediente.
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