La CNMV investiga si Nueva Rumasa emitió pagarés de menos de 50.000 euros
De confirmarse la operación, el grupo de la familia Ruiz-Mateos podría haber incurrido en una infracción de la ley
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha comenzado a investigar a Nueva Rumasa por la emisión de pagarés de menos de 50.000 euros de valor nominal, lo que podría constituir una infracción de la Ley del Mercado de Valores (LMV) al requerir un folleto informativo.
Para ello, el organismo supervisor ha envidado una carta a los bufetes de abogados que representan a los afectados por estos pagarés (5.000, según la empresa) para que remitan la documentación que hayan recabado sobre posibles emisiones de menos de 50.000 euros, según la misiva a la que tuvo acceso Europa Press.
La CNMV pretende así verificar la información dada por los bufetes de abogados, que asegura que el grupo de empresas de la familia Ruiz-Mateos emitió pagarés por debajo de esa cantidad, para lo que solicita toda la documentación e identificación de los inversores, así como copias de las suscripciones firmadas.
El artículo 30 bis de la Ley del Mercado de Valores (LMV) establece que el ofrecimiento público de pagarés por valor nominal inferior a 50.000 euros requiere la verificación y registro de un folleto informativo en la CNMV, según la carta.
Además, el organismo supervisor tendrá que estudiar si este ofrecimiento de pagarés de menor cuantía por parte de Nueva Rumasa cumplía el artículo 38 del Real Decreto 1310/2005 de 4 de noviembre de la LMV, que establece las bases legales para este tipo de emisiones.
Este artículo establece que las emisiones de pagarés de menos de 50.000 euros no tienen la consideración de oferta pública cuando van dirigidas exclusivamente a inversores cualificados, que sean menos de 100 personas físicas o jurídicas por Estado miembro y con un importe total inferior a 2,5 millones de euros, límite que se calculará en un período de 12 meses.
Sin embargo, fuentes jurídicas consultadas por Europa Press advirtieron de que Nueva Rumasa podría haber emitido estos pagarés por importe inferior a 50.000 euros como compromiso del pago de los intereses a los inversores particulares y no por el principal de las inversiones depositadas. En caso de que se compruebe este hecho, la CNMV no podrá considerar que Nueva Rumasa ha vulnerado la LMV por estas emisiones, ya que no se consideraría una venta pública de pagarés.
El supervisor también deberá estudiar si los inversores depositaron su dinero llamados por las campañas publicitarias o si lo hicieron por una oferta personal de los gestores de Nueva Rumasa. La publicidad emitida por Nueva Rumasa provocó que la CNMV advirtiera en siete ocasiones de los posibles riesgos de la inversión y motivó una modificación de la LMV en 2010 para obligar a la compañía a contratar a una agencia de servicios de inversión para la venta de estas participaciones.
Ante la negativa de los intermediarios financieros, Nueva Rumasa decidió emitir participaciones en ampliaciones de capital de sus dos mayores empresas, Dhul y Clesa. La primera se encuentra en concurso de acreedores y la segunda, pendiente de la admisión a trámite de su situación de insolvencia por parte del juez.
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