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Sáenz pedirá el indulto al Gobierno para evitar la suspensión como banquero

El Supremo rebaja a tres meses la pena contra el consejero delegado del Santander por un delito de falsedad de la Audiencia Provincial de Barcelona

El Tribunal Supremo ha condenado al actual consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, a tres meses de arresto y suspensión de su profesión de banquero por ese tiempo por un delito de acusación falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993. Por su parte, el consejo de administración del Banco Santander ha confirmado a Sáenz en su puesto, según ha comunicado la entidad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo, que han tardado casi tres meses en redactar la sentencia, han decidido finalmente rebajar a la mitad la pena que impuso la Audiencia Provincial de Barcelona en diciembre de 2009 a Alfredo Sáenz, que fue condenado a seis meses de prisión por el delito de acusación y denuncia falsa, pero fue absuelto del de intento de estafa procesal. Aplica, por tanto, la pena mínima del Código Penal vigente al tiempo de los hechos, de tres meses de arresto. Y la multa correspondiente a ese delito queda reducida de 27.000 a 400 euros tanto para él como para los otros dos acusados, el abogado Rafael Jiménez de Parga, que presentó la querella falsa del banco contra tres empresarios, y el exdirectivo para Cataluña de Banesto, Miguel Angel Calama.

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Sin embargo, sustituye la pena de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por la de suspensión de profesiones u oficios relacionados con el desempeño de cargos de dirección, públicos o privados, vinculados con entidades bancarias, crediticias o financieras.

La sentencia, además, ha tenido en cuenta como atenuante las "dilaciones indebidas" que ha sufrido el proceso y critican que la Audiencia "omitió explicar las razones" por las que afirmaba que se trataba de un delito continuado.

El fallo sí que mantiene la indemnización de un euro a los tres acusados en falso, Pedro Olabarría Delclaux, y Luis Fernando y José Ignacio Romero García, que ingresaron en prisión como consecuencia de que la querella falsa llegó a manos del exjuez prevaricador Pascual Estevill, y de 100.000 euros a un cuarto acusado Modesto González Mestre.

El consejero delegado del primer banco español recurrirá al Tribunal Constitucional la sentencia, en la que los magistrados admiten la tesis de Sáenz de que no hay pruebas que demuestren un delito "continuado", y pedirá el indulto al Gobierno. El TC podría, incluso, acordar la suspensión de la condena hasta que no se resuelva el fondo del recurso.

En todo caso, Sáenz pedirá a la Audiencia de Barcelona que paralice la ejecución hasta que se pronuncie el Constitucional. Medios jurídicos calculan que la Audiencia de Barcelona puede tardar entre 15 y 20 días en decir si paraliza o no la ejecución. Si no frena el proceso y Sáenz queda inhabilitado, debería dejar en ese momento el Santander. En caso contrario, el proceso se prolongaría años, hasta que el Constitucional se pronuncie, aunque el Banco de España tiene potestad para obligarle a cumplirla antes de que se resuelva el recurso de amparo. Sí quedara inhabilitado, el número dos del Santander tendría antecedentes penales y, por lo tanto, incumpliría la normativa del Banco de España para dirigir una entidad financiera.

"Recuperar unos créditos de la forma que fuere"

El origen de esta causa se remonta a 1994 cuando Banesto emprendió una agresiva estrategia de recuperación de créditos dudosos. En ese marco, el banco presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes contra los empresarios Pedro Olabarría, Luis y José Ignacio Romero y Modesto González Mestre, a quienes acusaba de haberse responsabilizado personalmente de créditos por valor de unos 3,6 millones de euros del grupo Harry Walker, del que ellos eran accionistas minoritarios. En realidad, ellos se habían negado a esa responsabilidad personal, pero el juez Luis Pascual Estevill admitió a trámite la querella y decretó medidas de prisión preventiva contra los cuatro industriales, lo que más tarde conllevó la condena del juez por prevaricación y detención ilegal por el Supremo en 1996.

Después de que esa causa fuera archivada, los empresarios y Rafael Pérez Escolar -ya fallecido y consejero de Banesto durante la etapa de Mario Conde- presentaron una querella, que sufrió diversos avatares hasta que en mayo de 2006 el Tribunal Supremo ordenó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que continuara con su tramitación.

En diciembre de 2009, la Audiencia Provincial de Barcelona entendió que Sáenz y los otros dos condenados "tenían conocimiento de que los hechos imputados (a los empresarios) no eran ciertos, así como tampoco los de los escritos posteriores de ampliación de querella" y que actuaron de esa manera como "medida de presión" contra los industriales. La interposición de la querella por parte de Banesto "obedeció al único propósito de recuperar unos créditos, de la forma que fuere, sin empacho alguno en formularla contra personas físicas que nada debían", criticaron los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona.

El fallo conocido hoy contradice la noticia filtrada a mediados de enero (por el cual se imponía a Sáenz una condena de ocho meses de prisión e inhabilitacón), el Supremo ha rechazado asimismo la existencia de un delito de estafa procesal.

Alfredo Sáenz, vicepresidente y consejero delegado del Grupo Santander, durante la presentación de los resultados.
Alfredo Sáenz, vicepresidente y consejero delegado del Grupo Santander, durante la presentación de los resultados.EFE

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