Rebajas, saldos, promociones... y competencia desleal
La Asociación Tyrius de Valencia divulga una guía sobre las distintas prácticas comerciales
¿Cuál es la diferencia entre una rebaja y un saldo? ¿Qué es una promoción y qué un venta piramidal? ¿Tiene derecho un vendedor a llamar por teléfono a casa? La Asociación de Amas de Casa Tyrius ha presentado esta mañana una guía de prácticas comerciales elaborada por la profesora de Derecho Mercantil de la Universidad de Valencia Ana Lois Caballé que cualquier consumidor puede obtener de forma gratuita en la sede de la asociación, en las juntas arbitrales de consumo o en la dirección general de Consumo para conocer sus derechos ante prácticas consideradas agresivas o engañosas.
Lois sostiene que los consumidores están en general bien informados y que reclaman "sus derechos, cada vez más y cada vez con más fundamento". Pero alerta sobre algunas prácticas que se siguen aplicando y que vulneran la legislación sobre comercio o sobre competencia desleal, una norma de 2009. "La liquidación, por ejemplo, solo se puede ofrecer por cambio de negocio, traslado de local o causa de extinción del negocio por orden judicial o administrativa", explica, "y no se puede liquidar el producto en stock, ni se puede presentar como liquidación una oferta de fin de temporada".
Los saldos, por ejemplo, se aplican a productos defectuosos o deteriorados y debe acreditarse tal circunstancia. Las rebajas se ofrecen en periodos tasados legalmente, deben afectar a todos los productos y es preciso que consten los precios anteriores. Otra cosa son los outlet, que ofrecen prendas que corresponden a temporadas pasadas. O las ofertas anticrisis. "Hay que entender que la publicidad es muy elástica", apunta Lois.
Una de las novedades de la ley de competencia desleal es que protege a los consumidores de los fraudes cometidos por supuestos curanderos, videntes o adivinadores. Antes no había forma de reclamar ante los proveedores de tales servicios.
También reseña toda una serie de prácticas agresivas, como las ofertas telefónicas. Cualquier particular puede exigir que nadie le llame a la hora de comer para ofrecerle un servicio o producto. Y el vendedor debe ajustarse a los requerimientos del potencial cliente. Lo mismo que cualquier particular puede exigir a un vendedor a domicilio que no se le ocurra volver a llamar a su puerta.
"La gente es muy crédula y los empresarios no están bien asesorados", concluye Lois sobre el origen de la mayoría de los problemas. "Es más fácil hacer las cosas bien", añade.
Pero siempre queda el recurso a las juntas arbitrales de consumo, órganos que, según Lois, "mueren de éxito". "Hemos tenido reclamaciones por un tatuaje mal hecho, por un vestido de fallera defectuoso o por una reforma de 40,000 euros en una vivienda", comenta la profesora, que participa en la junta arbitral de Valencia. "Después de la primera carrera de fórmula 1 atendimos 3.800 reclamaciones de visitantes de todo el mundo, desde Japón hasta Murcia. Hubo una pericial y a muchos se les devolvió el valor íntegro de las entradas, a otros el 50%...". Fue, sin duda, la reclamación más multitudinaria que ha afrontado la junta de Valencia.
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