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La Agencia Catalana de Consumo sanciona con 519.600 euros a 46 empresas que reagrupan créditos

La mayoría de las infracciones corresponden a publicidad engañosa o cláusulas abusivas

La Agencia Catalana de Consumo (ACC), dependiente de la Generalitat, ha sancionado con 519.600 euros a 46 empresas dedicadas al reagrupamiento de créditos a las que se imputan 194 infracciones, la mayoría por publicidad engañosa o cláusulas abusivas.

El secretario de Política Financiera, Competencia y Consumo, Miquel Salazar, y el director de la ACA, Jordi Anguera, han presentado hoy en Barcelona la primera inspección desarrollada por un gobierno autónomo en España en este sector.

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La ACC ha realizado 90 inspecciones en toda Cataluña, la mayoría en Barcelona ciudad (38) y provincia (42), dado que es en esta parte del territorio donde se concentran la mayoría de estas empresas, aunque también se han efectuado en Girona (cinco), Lleida (dos), Tarragona (una) y Tierras del Ebro (una).

En total, se han inspeccionado 58 empresas, de las que 46 han sido sancionadas y, del resto, tres están pendientes de resolución, otra sanción ha sido archivada porque a pesar de que ofrecía unos servicios susceptibles de merecerla, en realidad no los había realizado.

La publicidad engañosa, el motivo principal de las sanciones

Jordi Anguera ha explicado que la publicidad engañosa supone el principal motivo de las sanciones impuestas, con un 46% del importe total (239.000 euros), que se ha detectado en 38 empresas.

Del análisis realizado por la ACC se desprende que la mayoría de estas empresas inducen a error sobre la actividad prestada por el anunciante, su identidad, el coste de la operación y las condiciones solicitadas.

El director de la ACC ha informado de que 31 de las empresas inspeccionadas incluyen cláusulas abusivas en los contratos, por lo que se las ha sancionado con 181.000 euros, lo que supone un 34,9% de la cuantía total de las sanciones de esta campaña.

En el marco de esta campaña se han impuesto también sanciones por incumplimiento de los requisitos de información o documentación por un importe de 56.800 euros (10,93% de la cuantía total de 519.600 euros); por vulneración de los derechos lingüísticos con 22.900 euros (4,41%) y por la negativa o resistencia a suministrar datos, con 19.700 euros (3,79%).

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