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El Consejo de Ministros aprueba el nuevo decreto de opas

Esta normativa entrará en vigor a partir del próximo 13 de agosto

El Consejo de Ministros ha aprobado el reglamento que desarrolla la nueva ley de opas y la nueva ley del mercado de valores, normativas que entrarán simultáneamente en vigor el 13 de agosto y que, principalmente, buscan mejorar la protección del pequeño accionista y regular la actuación del oferente y de la sociedad opada.

Según la referencia oficial del Consejo, este reglamento se hacía necesario tras la aprobación en abril de la reforma de la Ley del Mercado de Valores, que ha "clarificado y simplificado" los supuestos por los que se debe lanzar obligatoriamente una opa.

La nueva ley obligará a lanzar ofertas por el 100% de una sociedad cuando un accionista nombre a la mitad de los consejeros o supere el 30% de los derechos de voto de una empresa, es decir, una vez adquirido el control.

También estarán obligados a presentar opas totales los accionistas que, cuando entre en vigor la ley, tengan entre el 30 y el 50% del capital e incrementen su participación en más de un 5% en un solo año, cuando sobrepasen la mitad de los derechos de voto, o cuando tras comprar participaciones adicionales lleguen a controlar la mitad del consejo de administración.

Las opas obligatorias no podrán tener condiciones y deberán lanzarse a un precio equitativo, que queda definido como el más alto al que haya comprado el oferente acciones en el mercado durante los últimos 12 meses.

La CNMV podrá dispensar de la obligación de lanzar una opa cuando haya otro accionista que ya tenga el 30% de los derechos de voto.

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