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Los contribuyentes podrán confirmar desde mañana el borrador del IRPF enviado por Hacienda

La Agencia Tributaria ha recibido ya 7.366.000 solicitudes

Los contribuyentes podrán confirmar o modificar desde mañana el borrador del IRPF que les haya enviado la Agencia Tributaria, y que puede solicitarse hasta el próximo 20 de junio. La Agencia Tributaria ha recibido ya 7.366.000 solicitudes de borrados y/o datos fiscales para este año a través de la declaración del IRPF presentada en 2004 y en la que se incluía una casilla para pedirlo, por lo que quienes lo marcaran no tienen que volver a solicitarlo.

Además, la solicitud del borrador del IRPF puede realizarse entregando en cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria los modelos 104 y 105 del IRPF, o bien a través de Internet (www.aeat.es) o por vía telefónica.

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La Agencia Tributaria comenzó a enviar borradores el 20 de marzo a los contribuyentes que lo solicitaron y que cumplen los siguientes requisitos: obtienen rentas procedentes exclusivamente de rendimientos del trabajo; rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro; imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles; y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

No obstante, no podrán solicitar el borrador de declaración los contribuyentes que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España; quienes tengan partidas negativas pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores; quienes pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas; ni los que tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejerciten tal derecho.

Si la Administración tributaria careciera de la información necesaria para la elaboración del borrador de declaración, pondrá a disposición del contribuyente los datos que puedan facilitarle la confección de la declaración del impuesto.

Para los contribuyentes obligados a declarar, el plazo para presentar la Declaración de la Renta de 2004 será del 2 de mayo al 30 de junio, tanto para positivas como para negativas. En el caso de las positivas en las que se fraccione el pago, el ingreso del segundo plazo en caso de no domiciliarlo en una entidad bancaria se podrá realizar hasta el 7 de noviembre.

Por otra parte, hoy concluye el plazo para solicitar la devolución rápida del IRPF. Hasta el pasado 17 de marzo se habían recibido 290.554 peticiones, el 16,6% más que en igual periodo del año pasado. El año pasado solicitaron la devolución rápida 989.000 contribuyentes y la obtuvieron 719.907 (al resto le correspondía declarar o no tenía retenciones a devolver) por un importe de 193,30 millones de euros.

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