Tarjeta provisional para el de fuera
"Asistencia a desplazados de otras comunidades autónomas". Así está encabezado el documento que la Comunidad de Madrid entrega a los ciudadanos que no están empadronados en la región y que solicitan asistencia médica en sus más de 400 centros de salud. Únicamente necesitan el DNI y la tarjeta sanitaria de su comunidad de origen en vigor. Se les asigna médico y centro de salud, que tiene que ser el que corresponda al domicilio en el que residan de forma temporal en la región -los desplazados no tienen derecho a beneficiarse de la libre elección de médico estrenada el año pasado-.
Pero el documento solo tiene validez para tres meses, prorrogables durante otros tres. Después, los administrativos de los centros de salud instan a los pacientes a empadronarse en Madrid y a solicitar la tarjeta sanitaria permanente, que no se puede conseguir sin presentar el documento de empadronamiento. Madrid tiene también una tarjeta especial para estudiantes. La mayoría de comunidades autónomas funcionan así, pero hay otras, como Cataluña, en las que la única forma de ser atendido por un médico de familia es acudir de urgencia a un centro de salud. El Departamento de Salud catalán asegura que no expide tarjetas para desplazados, es decir, que no les asigna ni centro ni médico.
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