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Columna
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Criterios pesqueros

La Comisión Europea (CE) vuelve a reexaminar su política pesquera obligada por la reforma de 2013, a la luz de los nuevos dictámenes científicos. Sin embargo, persiste en sus errores de base a la hora de presentar soluciones. A pesar de los avances de los últimos años, el estado de las poblaciones de peces no logra situarse lejos de los umbrales de riesgo y de los niveles de agotamiento.

La CE sigue proponiendo nuevos métodos para establecer los límites de captura y reinventa más principios para proponer las nuevas posibilidades de pesca a los países. Ello significa que las consideraciones ya definidas a comienzos de los años noventa del pasado siglo, esto es, hace mas de 20 años, siguen incólumes. Así, la propia comisaria de Pesca, Maria Damanaki, afirma "para acabar con la sobrepesca debemos aplicar medidas de gestión de los recursos que permitan la reconstitución de las poblaciones y que garanticen el mayor nivel medio de capturas posible a largo plazo. De este modo, no solo mejora el estado de las poblaciones de peces europeos y se reducen los efectos de la pesca en el medio ambiente, sino que también se incrementará la rentabilidad económica del sector".

Las nuevas propuestas de Bruselas persisten en los errores de base a la hora de presentar soluciones

Las nuevas propuestas de la CE han sido recibidas con unánimes críticas. Es lógico, aunque, algunas tampoco estén planteadas con razonamientos solventes. Es muy lento el proceso de mejora de los stocks pesqueros; el sistema de TAC y cuotas no constituye un instrumento de conservación y regulación eficiente; y las medidas de ordenación pesquera no solo son escasas, sino escasamente coherentes. Por eso, se presume de reducir descartes, cuando lógicamente deben estar prohibidos. O no se respetan ni se aplican las propuestas científicas sobre la implantación de medidas de gestión, y luego se quejan del estado de los recursos.

A fin de ser claros y rotundos se debe tener en cuenta que la política pesquera comunitaria debe acercarse a las problemáticas especificas de cada área de pesca y se debe incrementar el compromiso de los pescadores en el cumplimiento de las medidas de regulación. Estas conclusiones han de ser asumidas en la medida en que la Política Pesquera Común (PPC) debe actuar sobre una amplia diversidad de países y pesquerías heterogéneas. Cuando en la amplia diversidad de intereses es patente (pescadores de altura y costeros; propietarios de buques grandes y pequeños; pescadores de distintas localidades y especies; pescadores deportivos y comerciales; de procesadores, transformadores, distribuidores, grupos de trabajadores....) resulta necesaria la existencia de acuerdos sobre normas genéricas que eviten la sobrepesca y garanticen la misión de asignar y supervisar los derechos de propiedad pesqueros.

Los científicos afirman que el problema de la sobreexplotación es debido a la ausencia de derechos de propiedad. Christy presentó la utilización de las cuotas individuales transferibles como solución y los políticos no la aceptan. Se trataría de conceder a cada pescador o buque autorizado una parte de la captura anual según una regla de asignación. Asimismo, las cuotas generalmente se podrían enajenar aunque con distintas restricciones. No cabe duda que surgen importantes interrogantes sobre el método de asignación, la duración de los derechos, el valor de los mismos o los máximos niveles de concentración.

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Por eso, me extraña que los actuales gestores pesqueros, ya sean europeos, españoles o gallegos, no empiecen a seguir los consejos de los premios Nobel (North, Williamson, Omstrom) que, cuando se refieren a la solución de estos problemas, enfatizan en distinguir varios derechos. Cinco de ellos son claves, los relativos al acceso (o sea, el derecho a poder entrar en una determinada propiedad o área pesquera); el derecho al uso o extracción (a obtener los productos de un recurso); el derecho a la gestión (es decir, a regular normas internas de uso y transformar el recurso haciendo mejoras o interviniendo mediante recomendaciones); el derecho a la exclusión (o sea, a determinar quién tendrá derecho al acceso y cómo ese derecho puede ser transformado); y, finalmente, a la enajenación (por el que se puede transferir, vender o alquilar cada uno de los derechos anteriores).

O sea, una vez enmarcada la cuestión las alternativas pesqueras son más fáciles y están contrastadas no solo por investigadores extranjeros, sino por la importante pléyade de investigadores gallegos que han recogido las enseñanzas pasadas.

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