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Una juez condena al alcalde de Alhaurín por daños al honor

Martín Serón deberá indemnizar a un testigo del 'caso Troya'

Juana Viúdez

El alcalde de Alhaurín el Grande, Juan Martín Serón (PP), ha sido condenado a pagar 15.000 euros por llamar "maltratador" al fontanero y empresario José Burgos Leiva, conocido como El Perola. Burgos Leiva fue el principal testigo y denunciante del llamado caso Troya, la trama de corrupción urbanística destapada en Alhaurín en enero de 2007 y por la que Martín Serón se sentará en el banquillo el próximo 22 de septiembre acusado de prevaricación y cohecho. Contra esta sentencia sobre el derecho al honor cabe recurso.

Tras ser detenido, y quedar en libertad bajo fianza de 100.000 euros, Martín Serón se refirió al denunciante en varias ocasiones como "maltratador de mujeres". La juez Lidia Bermúdez, titular del Juzgado número 2 de Coín, considera que algunas de las manifestaciones del regidor sobrepasaron su derecho a la libre opinión y se transformaron en una lesión contra el honor del empresario. La juez también le ha condenado a publicar el fallo de la sentencia en los tres diarios que se hicieron eco de sus declaraciones con el mismo tamaño y condiciones.

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La juez es especialmente severa con unas declaraciones que Martín Serón hizo en una rueda de prensa el 19 de mayo de 2004, tras la detención de unos empresarios por la operación Troya. El alcalde incidió en que Burgos Leiva tenía una condena de tres años pendiente por malos tratos y aseguró que el juzgado había dictado su orden de ingreso en prisión cinco semanas antes.

El empresario fue condenado el 29 de enero de 2004 a 18 meses de prisión por violencia psíquica contra su exesposa y otros 18 meses por obstrucción a la justicia, debido a que amenazó a una testigo de su anterior pareja antes del juicio. Sin embargo, tres meses después, la Audiencia Provincial de Málaga le absolvió del delito de maltrato. Burgos Leiva ha cumplido nueves meses en prisión por el delito de obstrucción.

La juez considera que las palabras del regidor constituyeron un "exceso verbal no amparado por su derecho a la libertad de expresión". "Debía de tener presente que era una persona pública (...) y que sus palabras iban a disfrutar de mayor repercusión", destaca.

La juez incide en que el denunciante, que ya soportó una vez el calificativo de maltratador, no estaba obligado a que Martín Serón se lo recordara en cada comparecencia pública con el menoscabo para su dignidad que acarreaba.

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Sobre la firma

Juana Viúdez
Es redactora de la sección de España, donde realiza labores de redacción y edición. Ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria profesional en EL PAÍS. Antes trabajó en el diario Málaga Hoy y en Cadena Ser. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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