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La Xunta anula la sanción a la niña del velo por un defecto formal

El Gobierno gallego evita el traslado de colegio hasta que se tramite un expediente

La niña de 11 años sancionada por acudir a clase en su colegio de Arteixo (A Coruña) ataviada con un hiyab podrá, de momento, seguir escolarizada en el centro. La Consejería de Educación de la Xunta de Galicia declaró ayer nula la sanción impuesta por el consejo escolar del centro, que consistía en pedir el traslado de la alumna, de origen marroquí. Pero el Gobierno gallego, abiertamente partidario de que se prohíba el velo islámico en las aulas, destaca que su resolución se debe a un defecto de forma: el colegio no abrió el imprescindible expediente sancionador para pedir el cambio de centro de la pequeña. Eso "provoca la nulidad de la sanción impuesta", dice la resolución de la consejería.

Pero ese error puede enmendarse fácilmente ya que, como recordó ayer Educación, el director del centro tiene por ley la facultad de decidir las medidas "y opciones que procedan para velar por el cumplimiento de las normas del centro". Bastará con tramitar un expediente sancionador "conforme a derecho y que cumpla con todos los pasos legales precisos" para que la Xunta traslade a otro colegio a la pequeña, que cursa 6º de primaria.

El reglamento interno del Colexio Novo de Arteixo, aprobado por unanimidad el 13 de diciembre pasado, prohíbe, "por respeto a los demás", acudir a clase con cualquier prenda que cubra la cabeza. Así, la niña que lleva hiyab fue primero sancionada de forma leve en febrero, quedando excluida de toda actividad extraescolar o complementaria. Aquella decisión ya causó revuelo, ya que es el primer caso de estas características que se produce en Galicia. Además, en Arteixo reside la mayor y más antigua comunidad musulmana de la comunidad autónoma. Después llegó la petición de traslado de la niña por incumplir reiteradamente el reglamento.

Educación reiteró ayer su aval a esa decisión. La Xunta arguye que no existe ninguna jurisprudencia en España, ya que ni del Supremo ni del Constitucional se han pronunciado nunca sobre el uso de los símbolos religiosos en las escuelas públicas. Prevalecen, para el Gobierno gallego, tres sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que establecen que las medidas disciplinarias por llevar velo islámico no contravienen la libertad religiosa ni el derecho a la educación. Esos casos ocurrieron en Francia y Turquía, países que prohíben símbolos religiosos en aulas públicas.

El padre de la niña, Redouane Hakim, destacó ayer su satisfacción por la resolución de Educación. Pero no renuncia a acudir a los tribunales para que la norma interna del colegio admita la "excepción de los símbolos religiosos" a su prohibición de acudir a clase con la cabeza cubierta. "Esa es la clave", explica el abogado de la familia, Iván Jiménez-Aybar. "El reglamento interno de Arteixo no prohíbe el hiyab, que es un símbolo religioso y de identidad como reconoce la norma de Interior sobre el DNI, sino solo gorros, paños y otros". El letrado, que también defiende a la adolescente de Pozuelo de Alarcón (Madrid) que fue expulsada en 2009 por llevar hiyab, prepara el recurso por el caso de Arteixo, distinto, advierte.

Redouane Hakim, el padre de la niña sancionada por llevar velo, delante del colegio de Arteixo.
Redouane Hakim, el padre de la niña sancionada por llevar velo, delante del colegio de Arteixo.GABRIEL TIZÓN

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