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Patrimonio reabre el expediente contra Iberdrola por derribar una capilla

La eléctrica esquivó la multa hace un mes por un error de la Xunta

La Dirección Xeral de Patrimonio de la Xunta subsanará, abriendo nuevo expediente sancionador a Iberdrola, el error administrativo que cometió al notificar fuera de plazo la sanción a la eléctrica por haber derribado, en marzo de 2009, una capilla inventariada y protegida en la aldea de Fontao, en el municipio ourensano de A Teixeira. La eléctrica había comprado el pueblo en 1964 y en marzo de 2009 decidió demoler todos los inmuebles, incluida la capilla, del siglo XIX. Patrimonio sugiere que la fiscalía podría actuar igualmente de oficio.

Un retraso administrativo en la tramitación del expediente sancionador por parte de la Xunta propició su archivo, según consta en una resolución firmada el pasado 8 de febrero por el director general de Patrimonio, José Manuel Rey Pichel. En el mismo destaca que desde la fecha de incoación del expediente "no fue posible dictar, y en consecuencia notificar al interesado, la resolución del procedimiento sancionador en el referido plazo". Motivo éste por el que declara "la caducidad del procedimiento sancionador" y "el archivo de todas las actuaciones practicadas".

El Gobierno gallego recuerda que la fiscalía puede actuar "de oficio"

El pasado lunes, la compañía eléctrica recibió un burofax de la Dirección Xeral de Patrimonio en el que le notifica que ha reabierto el expediente. Según fuentes de Patrimonio, la sanción máxima posible que podría imponer a la empresa sería de 60.000 euros. El departamento autonómico reconoce la tardanza en la tramitación del expediente, pero sostiene que la ilegalidad por "el derribo de un bien cultural inventariado" no ha prescrito, con lo que ha abierto un nuevo proceso por el que podría sancionar a la compañía eléctrica. Los demandantes -la asociación ecologista Adega y la policía autonómica- informaron en su momento a la Xunta y documentaron que la iglesia estaba inventariada no solo en Patrimonio sino también por el Ayuntamiento, con un informe del arquitecto municipal en el que se destaca su valor cultural y patrimonial.

En la resolución con la que José Manuel Rey Pichel archivó el expediente por "caducidad", la Xunta reconoce que incoó procedimiento sancionador a Iberdrola el 4 de mayo de 2010 como "presunta responsable de la comisión de una infracción administrativa de carácter leve" por el derribo de la capilla "sin contar con la previa y perceptiva autorización de Patrimonio Cultural". Un portavoz de este departamento sostiene que el carácter "leve" de la infracción no es decidido por la Xunta, "sino que está tipificado así en los casos de derribo de bienes catalogados". Junto a ello, sugiere que "la fiscalía podría actuar igualmente, de oficio" contra la hidroeléctrica por el mismo supuesto delito de "agresión de un bien inventariado" que es motivo del expediente administrativo.

Iberdrola decidirá ahora si presenta alegaciones y recurre el expediente sancionador. De momento, la empresa advierte de que presentó el proyecto de derribo "conjunto" de los inmuebles de la aldea a la Xunta "y fue aprobado por Urbanismo y por el Ayuntamiento". En el caso del informe de la institución municipal constaba que las viviendas carecían de valor cultural y etnográfico, pero no así la iglesia, que la compañía debía abstenerse de tocar. La eléctrica matiza que cuando adquirió la aldea, en 1964, no pretendía construir un nuevo embalse allí. "La compramos porque estaba en las inmediaciones del de Santo Estevo y cerca de la central", sostiene.

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