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Análisis:EL ÚLTIMO RECURSO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La resplandeciente absolución de un culpable

Un error evitable deriva en la perversión del sistema judicial

Fue un error antológico, garrafal, de principiantes, de manual; de esos que ponen en cuestión todo el sistema judicial. Porque solo la condena de un inocente es peor que la absolución de un culpable.

Claro que Winston Churchill definía el éxito como "la capacidad de ir de error en error sin perder el entusiasmo", por lo que visto así...

El caso es que un Juzgado de lo Penal de Madrid condenó en septiembre pasado al ciudadano marroquí El Maati Essarboutti, de 19 años, a dos años y seis meses de prisión por un robo con intimidación. La sentencia declaraba probado que, junto con un colega de fechorías, el 25 de enero abordó en la calle Vallehermoso de Madrid a un universitario, al que tras amenazarle con una navaja le sustrajo un reloj, una cadena de plata, el móvil y la cartera. Todo valorado en 675 euros.

La víctima, en rueda de reconocimiento, había identificado sin ningún género de dudas a El Maati como uno de los que le amenazaron, golpearon y robaron. Además, en comisaría precisó que el asalto se había cometido el 29 de enero y no el 25, como por error figuraba en el atestado.

Sin embargo, o nadie se leyó las 600 páginas de las diligencias donde la policía advertía de la equivocación en la fecha, o si las leyeron, ni la juez, ni la fiscal, ni la abogada de oficio del acusado se percataron de esa circunstancia. Todas dieron por sentado que los hechos habían ocurrido el día 25.

Durante el juicio, El Maati negó que él hubiera sido el autor del robo. "Ese día estaba yo detenido en comisaría", aseguró. Pero como los acusados tienen el privilegio de poder mentir, y había sido reconocido por la víctima, nadie dio crédito a lo que dijo, ni la acusación se molestó en refutarlo. La fiscal únicamente replicó que eso no era lo que el acusado había dicho en el juzgado, donde había referido que se encontraba durmiendo en su casa. Pero El Maati precisó que creía que se referían a otro robo del que también está acusado y que nadie le había preguntado por el día 25.

Se da la circunstancia de que El Maati había sido detenido en la madrugada del 24 de enero por otro robo con violencia e intimidación en la calle Galileo, muy cerca de Vallehermoso, y que efectivamente el día 25 se encontraba detenido en comisaría.

Lo que ocurrió es que el acusado era tan aparentemente culpable que nadie le hizo ni caso. La juez de lo penal le condenó a dos años y medio de cárcel y la abogada de oficio recurrió la sentencia en "escasas 10 líneas" no por el error en la fecha, sino por entender que se había vulnerado su presunción de inocencia por no haber pruebas de cargo.

Solo el tribunal de apelación -integrado por Manuela Carmena, presidenta y ponente; Ramiro Ventura y María Jesús Coronado-, al revisar el acta de la vista, es decir, la grabación con el vídeo del juicio, ha apreciado el error que determina la absolución del acusado.

"Nos encontramos", dice la sentencia, "con que siendo presumible que efectivamente El Maati haya sido el autor del robo (...) del 29 de enero de 2010, no podemos condenarle por el robo del 25 de enero por el que el ministerio fiscal le ha acusado".

Recuerda el tribunal que el principio acusatorio obliga a que los hechos por los que se acusa y en los que se basa la condena sean idénticos. Puede parecer una simple equivocación en una fecha, pero no es así. Quizá pudo haberse subsanado ese error si la fiscal hubiera comprobado el atestado en el juicio, pero no lo hizo y, por tanto, no se permitió al acusado defenderse de una acusación que se refería al mismo hecho pero cometido en fecha distinta.

El tribunal, que revocó la condena de El Maati y ordenó su puesta en libertad, critica en la sentencia la forma de gestionar los procedimientos judiciales con una "acumulación enorme de documentación sin ningún criterio de selección", ni índice, que provoca estas situaciones.

Y ahora, ¿quién resarce a la víctima de esos errores? ¿No creen que debería querellarse por negligencia profesional?

Por cierto ¿les gustaría saber qué pasó con El Maati? Pues se encuentra en prisión preventiva en la cárcel de Meco (Madrid) por otro robo. Es un broncas y ya ha sido sancionado por agredir a otro recluso. Parece que sigue las recomendaciones de la escritora inglesa Catherine Aird, que aconseja: "Si no puedes ser un buen ejemplo, procura ser una advertencia espantosa".

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